Congreso desapareció de la web

Escrito por: david8a

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Ayer al mediodía pasé por el Edificio del Congreso. Ese inmueble está en reconstrucción después de un incendio que ocurrió hace un par de años. La reconstrucción está casi terminada pero faltan algunos detalles. Mientras caminaba desde la acera del Hospital Espejo hacia el edificio Benalcázar 1000, me preguntaba si no debería estar el Ing. Jorge Cevallos ocupado arreglando el edificio ya que el trabajo principal del Presidente del Congreso no puede realizarse, por el receso que ellos mismo decidieron y que luego la Asamblea les “dió decidiendo” que se alargue hasta el referéndum aprobatorio.

Claro, el Ing. Cevallos no estaba en la obra.

Hace un par de semanas, hice una investigación que incluyó leer las actas de la Asamblea Constituyente de 1997-1998. Aunque sorprenda a muchos, les contaré que el Congreso Nacional tiene un archivo digitalizado de todas las leyes, resoluciones, acuerdos y, en fin, de todas las sesiones del Legislativo desde agosto de 1979 hasta la fecha, incluyendo las actas de la Constituyente de Sangolquí.

Así que mi investigación fue bastante sencilla: entré a www.congreso.gov.ec, link búsqueda avanzada y visto en la palabra “actas”. Leí la sesión del 4 de junio de 1998. Como recordarán, la Constitución vigente fue aprobada el 5 de junio en Riobamba. En esa fecha se clausuró la Asamblea, pero la Constitución no entró en vigencia sino el 10 de agosto de 1998, con la asunción del mando de Jamil Mahuad.

En la sesión del 4 de junio, los asambleístas leyeron el texto refundido de la Constitución que habían aprobado en los meses anteriores y aprobaron la redacción final del mismo. Por cierto, la primera sesión de aquella Asamblea, que fue convocada con el nombre de “Asamblea Nacional”, fue declararse “Asamblea Nacional Constituyente”, expresar que son poder constituyente y que están sobre los poderes constituidos. Esa decisión fue mocionada por Ricardo Noboa y aprobada por la mayoría PSC-DP. En ese momento, Oswaldo Hurtado se erigió como el hombre más poderoso del país. En aquella oportunidad, Hurtado dijo que, si la Asamblea quería, podía cambiar a los titulares del Ejecutivo, Legislativo y Judicial, pero que tranquilos, que eso no iba a suceder.
Cuento esto porque iba a contrastar lo que ha hecho la Asamblea de hoy con lo que hizo la del pasado.

Básicamente:

  • Ayer martes se volvió a leer el texto refundido del Reglamento Interno de la Asamblea y se votó por el texto completo de ese cuerpo legal, lo que a muchos sorprendió. Deben recordar que lo mismo se hizo en la aprobación de la Constitución vigente.
  • El día de instalación de la Asamblea, ésta expidió un Mandato Constituyente declarándose de plenos poderes. Lo mismo hizo la Asamblea anterior, basada en el mismo argumento: la naturaleza misma de una Constituyente la pone sobre los poderes constituidos.

¿Por qué está bien ser de plenos poderes cuando lo propone Ricardo Noboa y está mal serlo cuando lo propone Virgilio Hernández? ¿Por qué Hurtado pudo ser ultra-poderoso, sin que lo llamen dictador como a Alberto Acosta? ¿Se puede o no volver a leer un texto normativo refundido y votar por el texto completo? Si no se puede volver a votar, ¿es válida la Constitución actual, que fue aprobada con ese método?

Claro, todo esto se los digo sin pruebas, porque no puedo retar a nadie a que entre a las actas de la Constituyente anterior y verifique que lo que digo es cierto, porque la página web del Congreso… está en receso indefinido!

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Un Comentario a “Congreso desapareció de la web”

  1. Diego Carrasco dice:

    Tratar de equiparar lo sucedido en la Asamblea del 98 con la actual asamblea, es un error y hacerlo tomando en cuenta sólo algunos sucesos y no otros es más grave todavía. Me permito recordar algunos elementos que ayuden al análisis.

    1.- La Asamblea del 98 no se declaro de plenos poderes, se declaró constituyente, pues había sido convocada con el nombre de constitucional. Y si bien en estricto sentido toda constituyente es de plenos poderes, lo importante es que en el mismo acto se autolimitó en sus atribuciones y no puso en duda la vigencia de la Constitución de la época.

    2.- La asamblea del 98 podía expedir la Constitución, la de ahora no lo puede hacer. Esa facultad es privativa del voluntad popular expresada en las urnas, mediante referendum (salvo que el estatuto sea desconocido por la asamblea como ya lo hizo en sus primeras acciones).

    3.- La asamblea del 98 reconoció la vigencia de la Constitución del 79, mientras ejercía sus funciones, y es más se sometía a ella, porque fue una norma constitucional transitoria la que permitió su existencia. La de hoy no cumplió con su requisito de constitucionalidad y ahora declara que la constitución no está vigente sino en lo que ellos determinen.

    3.- En el 98 el país no estuvo sometido a personas, ni a sus criterios, estuvo sometido a la Constitución vigente, hoy no podemos ejercer nuestros derechos sobre las acciones erróneas de la constituyente, está expresamente prohibido. Entonces decir que Hurtado fue el hombre más poderoso del país es un error. Basta recordar que el presidente Alarcon impidió que la Asamblea funcione en la Academia de Guerra, como al inicio de sus actividades y tuvieron que hacerlo en la Universidad Andina.

    4.- No es un problema de si antes estuvo bien y ahora no. En el 98 la propia Asamblea limito sus atribuciones para darle tranquilidad y estabilidad al país y produjo un tiempo de transición para que los cambios entren en vigencia, y así no generar caos, no destituyó a nadie y más aún no se le ocurrió aprobar leyes, porque existía un Congreso, fruto de la elección de sus miembros en las urnas.

    5.- Todo régimen republicano requiere de un sistema de pesos y contrapesos, hoy ese sistema simplemente no existe, estamos sometidos a los criterios de 65 asambleístas que haciendo mayoría pueden aprobar todo, sin límite alguno. Si esas decisiones son erroneas ¿ante quien ejercemos nuestros derechos?… Si la asamblea es originaria ¿están vigentes los tratados internacionales que proclaman nuestros derechos elementales?… y podemos o no ejercer acciones en la jurisdicción internacional por violaciones de nuestros derechos?

    La vigencia del estado de derecho supone que los ciudadanos estamos sometidos a la ley y no a personas. Hoy sin que la Constitución esté en plena vigencia, no estamos sometidos a leyes sino a personas, característica propia de las dictaduras.

    El camino escogido por la mayoría carece de toda fundamentación jurídica, pero tiene legitimidad (o popularidad). Mientras en el país no aprendamos a respetar la ley y las reglas del juego, siempre estaremos sometidos a los deslumbramientos pasajeros de charlatanes.

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