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	<title>Comentarios en: Ya está el Mandato 04</title>
	<link>http://somosdemocracia.org/asambleablog/2008/02/26/ya-esta-el-mandato-04/</link>
	<description>Just another Somos Democracia weblog</description>
	<pubDate>Fri, 10 Feb 2012 21:09:53 +0000</pubDate>
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	<item>
		<title>Por: Lorena Giler</title>
		<link>http://somosdemocracia.org/asambleablog/2008/02/26/ya-esta-el-mandato-04/#comment-736</link>
		<pubDate>Wed, 20 Apr 2011 16:28:45 +0000</pubDate>
		<guid>http://somosdemocracia.org/asambleablog/2008/02/26/ya-esta-el-mandato-04/#comment-736</guid>
					<description>Hola, tengo una duda en los años anterios habían personas que trabajaban por honorarios profesionales todo el día y a ellos les pagaban 13ro y 14ta remuneracion, comisiones y utilidades. El año 2010 solo trabajaron 2 meses enero y febrero. Tienen derecho a utilidades del año 2010 por que ellos se basan a un mandato ......y quiero saber en que mandato dice  que las personas que trabajan por honorarios tienen los mismos  beneficios que las otras personas que trabajan en relacion de dependencia.
En espera de su pronta contestación le quedo agradecida.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola, tengo una duda en los años anterios habían personas que trabajaban por honorarios profesionales todo el día y a ellos les pagaban 13ro y 14ta remuneracion, comisiones y utilidades. El año 2010 solo trabajaron 2 meses enero y febrero. Tienen derecho a utilidades del año 2010 por que ellos se basan a un mandato &#8230;&#8230;y quiero saber en que mandato dice  que las personas que trabajan por honorarios tienen los mismos  beneficios que las otras personas que trabajan en relacion de dependencia.<br />
En espera de su pronta contestación le quedo agradecida.
</p>
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				</item>
	<item>
		<title>Por: j_major</title>
		<link>http://somosdemocracia.org/asambleablog/2008/02/26/ya-esta-el-mandato-04/#comment-733</link>
		<pubDate>Tue, 05 Apr 2011 17:19:21 +0000</pubDate>
		<guid>http://somosdemocracia.org/asambleablog/2008/02/26/ya-esta-el-mandato-04/#comment-733</guid>
					<description>Estimada OTILIA,

Es equivocado que le hayan afiliado recien hace 3 meses. Lo correcto es que le hayan afiliado todos los 7 meses. El 14to se calcula por todos los meses de trabajo.

Se puede presentar un reclamo al empleador, pero si no soluciona esto, se puede reclamar al Inspector de Trabajo (acudiendo en persona al Ministerio de Relaciones Laborales) o se puede reclamar al IESS vía internet, en www.iess.gob.ec</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimada OTILIA,</p>
<p>Es equivocado que le hayan afiliado recien hace 3 meses. Lo correcto es que le hayan afiliado todos los 7 meses. El 14to se calcula por todos los meses de trabajo.</p>
<p>Se puede presentar un reclamo al empleador, pero si no soluciona esto, se puede reclamar al Inspector de Trabajo (acudiendo en persona al Ministerio de Relaciones Laborales) o se puede reclamar al IESS vía internet, en <a href='http://www.iess.gob.ec' rel='nofollow'>www.iess.gob.ec</a>
</p>
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				</item>
	<item>
		<title>Por: otilia parrales</title>
		<link>http://somosdemocracia.org/asambleablog/2008/02/26/ya-esta-el-mandato-04/#comment-732</link>
		<pubDate>Tue, 05 Apr 2011 17:11:54 +0000</pubDate>
		<guid>http://somosdemocracia.org/asambleablog/2008/02/26/ya-esta-el-mandato-04/#comment-732</guid>
					<description>hola quisiera saber si el decimo cuarto se paga segun los meses que uno lleve aportando,ya que yo tengo tres meses de aportacion, pero en si 7 meses laborando en esta cooperativa,y dicen que solo nos reconoceran los meses de de aportacion q tengamos.gracias.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hola quisiera saber si el decimo cuarto se paga segun los meses que uno lleve aportando,ya que yo tengo tres meses de aportacion, pero en si 7 meses laborando en esta cooperativa,y dicen que solo nos reconoceran los meses de de aportacion q tengamos.gracias.
</p>
]]></content:encoded>
				</item>
	<item>
		<title>Por: j_major</title>
		<link>http://somosdemocracia.org/asambleablog/2008/02/26/ya-esta-el-mandato-04/#comment-725</link>
		<pubDate>Sat, 29 Jan 2011 19:04:19 +0000</pubDate>
		<guid>http://somosdemocracia.org/asambleablog/2008/02/26/ya-esta-el-mandato-04/#comment-725</guid>
					<description>Estimada Matilde,
su gremio debe estar en la escala salarial que emite el Ministerio de Relaciones Laborales (ex SENRES) si la intitución es 100% pública.
cuando hablamos de institución "semi-pública" tal vez el personal está contratado bajo las reglas del Código de Trabajo, en cuyo caso también tiene todos los beneficios laborales.
Si esto no se cumple, hay que reclamar a los superiores o denunciar el caso en el Ministerio de Relaciones Laborales.
Si necesita más información, por favor escríbanos a: dochoa@sdrlawyers.com</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimada Matilde,<br />
su gremio debe estar en la escala salarial que emite el Ministerio de Relaciones Laborales (ex SENRES) si la intitución es 100% pública.<br />
cuando hablamos de institución &#8220;semi-pública&#8221; tal vez el personal está contratado bajo las reglas del Código de Trabajo, en cuyo caso también tiene todos los beneficios laborales.<br />
Si esto no se cumple, hay que reclamar a los superiores o denunciar el caso en el Ministerio de Relaciones Laborales.<br />
Si necesita más información, por favor escríbanos a: <a href="mailto:dochoa@sdrlawyers.com">dochoa@sdrlawyers.com</a>
</p>
]]></content:encoded>
				</item>
	<item>
		<title>Por: matilde echeverria</title>
		<link>http://somosdemocracia.org/asambleablog/2008/02/26/ya-esta-el-mandato-04/#comment-724</link>
		<pubDate>Thu, 20 Jan 2011 00:34:23 +0000</pubDate>
		<guid>http://somosdemocracia.org/asambleablog/2008/02/26/ya-esta-el-mandato-04/#comment-724</guid>
					<description>buenas noches soy obstetra de profesion quisiera saber como hago para que mi gremio este en ellibro oficial de trabajadores para tener derecho a todoslos beneficios como profesional laboro en una institucion semi publica,y no estamos escalafonadas.
agradecere su ayuda gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>buenas noches soy obstetra de profesion quisiera saber como hago para que mi gremio este en ellibro oficial de trabajadores para tener derecho a todoslos beneficios como profesional laboro en una institucion semi publica,y no estamos escalafonadas.<br />
agradecere su ayuda gracias
</p>
]]></content:encoded>
				</item>
	<item>
		<title>Por: j_major</title>
		<link>http://somosdemocracia.org/asambleablog/2008/02/26/ya-esta-el-mandato-04/#comment-721</link>
		<pubDate>Sun, 19 Dec 2010 20:02:31 +0000</pubDate>
		<guid>http://somosdemocracia.org/asambleablog/2008/02/26/ya-esta-el-mandato-04/#comment-721</guid>
					<description>Estimada MARIANA: usted sí puede volver al sector público por que, en efecto, Andinatel era sociedad anónima (empresa privada, no pública).
Saludos!</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimada MARIANA: usted sí puede volver al sector público por que, en efecto, Andinatel era sociedad anónima (empresa privada, no pública).<br />
Saludos!
</p>
]]></content:encoded>
				</item>
	<item>
		<title>Por: j_major</title>
		<link>http://somosdemocracia.org/asambleablog/2008/02/26/ya-esta-el-mandato-04/#comment-720</link>
		<pubDate>Sun, 05 Dec 2010 13:48:51 +0000</pubDate>
		<guid>http://somosdemocracia.org/asambleablog/2008/02/26/ya-esta-el-mandato-04/#comment-720</guid>
					<description>Estimada JENNY:

Son 2 preguntas en realidad:
1) Sobre el jefe. El IESS suele exigir que se afilie al representante legal, para que haya al menos un afiliado. El hecho de que esté afiliado al IESS no necesariamente implica que tiene una relación laboral con derecho a décimos, fondo de reserva y utilidades, porque la Ley de Seguridad Social dice que no necesita tener relación laboral para estar afiliado. (Ver Ley Seg. Social art. 2 letras A y D).

2) Presentación de facturas para pago de bonos: Normalmente no se debería exigir aquello. Si la empresa hace eso debe ser porque quiere evitar que tales montos cuenten para la hora de indemnizaciones o como base para aportar al IESS. Pero esto es una ocultació de la realidad: Si un trabajador fuera en realidad despedido, un juez de trabajo igual le calcularía una indemnización con base tanto en el sueldo "normal" como en los bonos, sin importar que haya facturas!

En definitiva, si le piden facturas, no puede negarse a entregar estas facturas, pero la empresa debe estar consciente que pidiendo facturas no se ahorra ni evita ningún problema!</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimada JENNY:</p>
<p>Son 2 preguntas en realidad:<br />
1) Sobre el jefe. El IESS suele exigir que se afilie al representante legal, para que haya al menos un afiliado. El hecho de que esté afiliado al IESS no necesariamente implica que tiene una relación laboral con derecho a décimos, fondo de reserva y utilidades, porque la Ley de Seguridad Social dice que no necesita tener relación laboral para estar afiliado. (Ver Ley Seg. Social art. 2 letras A y D).</p>
<p>2) Presentación de facturas para pago de bonos: Normalmente no se debería exigir aquello. Si la empresa hace eso debe ser porque quiere evitar que tales montos cuenten para la hora de indemnizaciones o como base para aportar al IESS. Pero esto es una ocultació de la realidad: Si un trabajador fuera en realidad despedido, un juez de trabajo igual le calcularía una indemnización con base tanto en el sueldo &#8220;normal&#8221; como en los bonos, sin importar que haya facturas!</p>
<p>En definitiva, si le piden facturas, no puede negarse a entregar estas facturas, pero la empresa debe estar consciente que pidiendo facturas no se ahorra ni evita ningún problema!
</p>
]]></content:encoded>
				</item>
	<item>
		<title>Por: jenny cardenas</title>
		<link>http://somosdemocracia.org/asambleablog/2008/02/26/ya-esta-el-mandato-04/#comment-719</link>
		<pubDate>Tue, 30 Nov 2010 22:47:23 +0000</pubDate>
		<guid>http://somosdemocracia.org/asambleablog/2008/02/26/ya-esta-el-mandato-04/#comment-719</guid>
					<description>Por favor si me pueden ayudar con la base legal a la siguiente consulta: el dueño de una compañía que figura en la misma como gerente general y esta afiliado al IESS, y que a demás presenta factura mensual por honorarios; tiene derecho a que se le pague: décimo tercero, décimo cuarto, fondos de reserva y utilidades.

Y si es legal que se exija a sus empleados la presentación de factura para el pago de bonos por: responsabilidad y cumplimiento de metas??

Por la favorable atención a la presente le anticipo los debidos agradecimientos</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Por favor si me pueden ayudar con la base legal a la siguiente consulta: el dueño de una compañía que figura en la misma como gerente general y esta afiliado al IESS, y que a demás presenta factura mensual por honorarios; tiene derecho a que se le pague: décimo tercero, décimo cuarto, fondos de reserva y utilidades.</p>
<p>Y si es legal que se exija a sus empleados la presentación de factura para el pago de bonos por: responsabilidad y cumplimiento de metas??</p>
<p>Por la favorable atención a la presente le anticipo los debidos agradecimientos
</p>
]]></content:encoded>
				</item>
	<item>
		<title>Por: rocio</title>
		<link>http://somosdemocracia.org/asambleablog/2008/02/26/ya-esta-el-mandato-04/#comment-716</link>
		<pubDate>Sat, 30 Oct 2010 05:25:48 +0000</pubDate>
		<guid>http://somosdemocracia.org/asambleablog/2008/02/26/ya-esta-el-mandato-04/#comment-716</guid>
					<description>me parece interesante este comentario ,yo quisiera compartir un caso</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>me parece interesante este comentario ,yo quisiera compartir un caso
</p>
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				</item>
	<item>
		<title>Por: Mariana</title>
		<link>http://somosdemocracia.org/asambleablog/2008/02/26/ya-esta-el-mandato-04/#comment-713</link>
		<pubDate>Mon, 20 Sep 2010 14:37:11 +0000</pubDate>
		<guid>http://somosdemocracia.org/asambleablog/2008/02/26/ya-esta-el-mandato-04/#comment-713</guid>
					<description>Buenos días, por favor ayudenme con esta consulta, Yo trabaje en Andintael S.A. y fui despedida intempestivamente hace 8 años , recibiendo una indeminización, ahora tengo la oportunidad de volver a trabajar en el una Institución Pública , puedo hacerlo o hay algun artículo que lo impida, recordando que Andinatel en ese entonces fue una Empresa Privada , de ser posible indiquemen los artículos en los que la Ley así lo señale.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenos días, por favor ayudenme con esta consulta, Yo trabaje en Andintael S.A. y fui despedida intempestivamente hace 8 años , recibiendo una indeminización, ahora tengo la oportunidad de volver a trabajar en el una Institución Pública , puedo hacerlo o hay algun artículo que lo impida, recordando que Andinatel en ese entonces fue una Empresa Privada , de ser posible indiquemen los artículos en los que la Ley así lo señale.
</p>
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