Archivo de Marzo de 2008

Lo que pasará cuando los artículos vayan al Pleno

Domingo, 30 de Marzo de 2008

¿Recuerdan que en las noticias dijeron que se aprobó el concepto de soberanía?

¿Recuerdan cuando se leyó un artículo sobre bases militares?

¿Qué acerca del artículo sobre el derecho al voto de los presos sin sentencia?

¿Oyó sobre la Función Electoral o sobre el Ministro Coordinador de Política?

En todas esas ocasiones, se dijo que se habían aprobado artículos. Si fuera cierto, sería una mala noticia, pues son apenas un puñado de artículos cuando van corridos casi el 50% del tiempo que el pueblo dio a la Asamblea para hacer su trabajo. Pero lamentablemente la realidad es peor: ninguno de esos artículos ha sido aprobado, apenas han sido aprobadas por las mesas respectivas, pero aún no pasan a ser leídas en el pleno, para que todos los asambleístas le hagan cambios o al menos opinen sobre ellos.

Eso significa que, en buen romance, la Asamblea no ha aprobado ni siquiera un artículo de la Constitución. Sobre eso, El Universo publicó un editorial donde nos recuerda que, por dejar las cosas importantes al final, se hacen al apuro… y mal. Eso pasó con la Ley de Equidad Tributaria.  Recordemos que en esa vez, el apuro era pasar la ley antes del 31 de diciembre y ahora dicen que van a reformar la ley, porque encontraron errores.

Cuando asomen de la chistera los artículos, ya no habrá tiempo para analizarlos. Por ello, es un desperdicio de tiempo seguir discutiendo sobre temas de menor importancia. Con matrimonio gay o sin ello, el Ecuador va al fracaso si no se organiza bien la división de poderes. Nuestro problema no es el aborto, sino la pugna de poderes. Necesitamos debatir más sobre el Modelo de desarrollo económico que sobre si invocamos a Dios o no.

¿Qué pasará cuando los artículos vayan de las Mesas al Pleno?

La Comisión Directiva ha dado hasta el 30 de abril de plazo para que las mesas trabajen sus temas. En ese momento, páreme la mano y comienzan a aprobar en el pleno lo que se haya avanzado. Muchas mesas presentarán cosas útiles, otras sólo copy+paste de la Constitución actual o, ya saben quienes, copy+paste de las ideas que piense Senplades.

Posibilidad 1: El pleno aprueba los artículos en plancha, sin leerlos.

Posibilidad 2: El pleno se toma una semana para debatir cada artículo, y no le alcanza el tiempo para aprobar el resto.

¿Tendremos una Constitución decente o un frankenstein entre la del 98 y la que cocina Senplades?

Corte Suprema salva el pellejo anulando concurso viciado

Jueves, 27 de Marzo de 2008

Este martes, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Roberto Gómez Mera, anunció que el pleno de la Corte Suprema de Justicia decidió archivar el proceso de selección de jueces de cortes superiores (provinciales), tras la presión de la Asamblea, por supuestos vicios en el proceso de selección.

En una votación realizada semanas anteriores, la misma Corte Suprema había resuelto posesionar a los magistrados ganadores de un concurso donde la secretaria de la oficina organizadora denunció que desde otra máquina de la red del Consejo de la Judicatura habían cambiado los puntajes de las hojas de vida y las calificaciones de las pruebas de un número indeterminado de candidatos a jueces.

Esta semana, el Presidente de la Función Judicial acudió a Montecristi a contar que, según la Función Judicial, habían casos excepcionales de errores, pero por ello no hacía falta echar abajo todo un concurso y dejar de nombrar a casi cien jueces de instancia. Sin embargo, el presidente de la Asamblea, Alberto Acosta, sugirió que, si la Función Judicial no anulaba el concurso, la Asamblea expediría un mandato cancelando el concurso y, de paso, cancelando de sus puestos a todos los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y a los vocales del Consejo de la Judicatura.

El Consejo de la Judicatura es el ente de la Función Judicial que se encargó de llevar a cabo el concurso cuestionado. Asambleístas del gobierno señalaron que los candidatos “ganadores” tenían nexos con los partidos de la vieja época, recibiendo favores para resultar ganadores.

¿Será que la Corte Suprema renunció a depender del socialcristianismo o que ahora quiere depender del 35-ismo? ¿Tenemos justicia imparcial en Ecuador? ¿Cuándo?

Via: Asamblea Constituyente

Actualización:

La Corte Suprema ha desmentido que va a suspender la posesión de los jueces, como anunció la Asamblea.  Este post se publicó sobre la base del  boletín de prensa No. 706 de la Asamblea Constituyente. Ofrezco disculpas por el apresuramiento: debí esperar que la CSJ confirme la noticia.

De este evento, salen 2 conclusiones:

1. La CSJ debe alistar los cuellos: se viene la guillotina del Mandato.

2. La sala de prensa José Peralta no siempre es fuente confiable de información.

Dios y su invocación

Viernes, 14 de Marzo de 2008

El tema de Dios en la Constitución

Incluir en el preámbulo de nuestra Carta Magna una referencia al Ser Supremo ha sido un tema de bastante debate. Especialmente en este blog. Entre los comentarios recibidos, quiero rescatar uno de Julio Vinueza, quien señaló que el Estado Laico, en su estricto sentido, no excluye a Dios, sino que trata por igual a todas las creencias y religiones:

Si, debe no solo invocarse sino pedir su inspiración para saber utilizar el conocimiento que El les ha dado a todos los asambleístas… Uno de los aspectos significativos de esta existencia terrenal es que hay leyes que gobiernan todas las cosas. Las leyes dan orden y propósito al universo y dan a los humanos la oportunidad de progresar y ser felices. Por lo tanto, necesitamos entender la naturaleza de la ley, su origen, los medios por los cuales podemos saber si las leyes son verdaderas, el resultado de la aplicación de las leyes o lo que se puede alcanzar obedeciendo las leyes de Dios, y cómo el Señor ha aconsejado a sus hijos a actuar en relación a las leyes a fin de poder obtener los mayores beneficios… Esta es la razón por la cual se deben incluir a Dios en la nueva Constitución para hacer leyes a favor de la felicidad y el progreso del hombre y a favor de todos sin hacer dedicatorias.

Sobre este tema, recordé que el Estado Laico es una conquista del liberalismo que celebran especialmente las Iglesias protestantes. Una muy sabia respuesta vino nuevamente de Julio Vinueza, quien envió un email a mi correo, que lo reproduzco para que todos la podamos leer:

Mira lo que pasa es que no has entendido mi mensaje, el término ‘laico’, cuando se refiere al Estado, a la educación, etc. significa ’sin religión’, es decir, que no promueve ninguna religión o contenido religioso. Eso es la ley de la selva sin dios ni ley. Pero en este pais sucede que si no eres catolico no te ayudan o te obligan a hacer cosas que de pronto no estas de acuerdo como en los colegios catolicos o otros, eso se llama: Segregacionismo.

El término segregar hace referencia a apartar, separar a alguien de algo o una cosa de otra. De esta manera el segregacionismo es aquella política que separa, excluye y aparta a grupos tales, como las minorías raciales, las mujeres, los homosexuales (gays, lesbianas), las minorías religiosas, personas con incapacidades, entre otros del resto de la población humana, en base principalmente a planteamientos de tipo racial, sexual, religioso o ideológico.

El segregacionismo se manifiesta tanto en el acceso a los recursos básicos (propiedad privada, trabajo, sanidad, educación, representación y sufragio político…) así como en otras facetas como la separación de barrios residenciales en las ciudades con la consiguiente conformación de islas urbanas o “guetos”. Esto debido en muchos casos, a las diferencias económicas, de clases sociales, de raza y nivel educativo.

Albedrío es la habilidad y libertad de elegir el bien o el mal. Es un principio eterno que ha existido con Dios desde toda la eternidad. Las simientes espiritua­les del Padre tenían albedrío en la preexistencia y estaban por lo tanto habilitadas para seguir a Cristo o a Lucifer, acorde a tu elección, Es en virtud del ejercicio del albedrío en esta vida, que los hombres están facultados para sufrir pruebas, las que son una parte esencial de la mortalidad.

1. Nuestra constitución debe ser la ley suprema del país. Es un documento escrito que agrupa las leyes y principios orgáni­cos fundamentales que deben gobernar la nación ecuatoriana La constitución fue ordenada y establecida por el pueblo, no el estado, no por un gru­po selecto de autócratas que toma­ron el poder, ni por un poder guber­namental extranjero. La filosofía ge­neral del gobierno constitucional es­triba en que todo el poder soberano descansa en el pueblo, el cual por el libre ejercicio de su albedrío elige delegar ciertos poderes y funciones a los cuerpos de gobierno estableci­dos por ellos.

2. Es un documento escrito, no un cúmulo de tradicio­nes, costumbres o interpretaciones legales. Es capaz de interpretación específica y fomenta un curso de es­tabilidad y uniformidad de acción en lo que a asuntos gubernamenta­les se refiere.

3. Se establece por ella la forma de gobierno. Se dividen los poderes en legislativo, ejecutivo y judicial, creando así un sistema ideal de freno y equilibrio en lo que con­cierne a posibles poderes autocráti­cos.

4. En la constitución se enume­ran los poderes específicos y las au­toridades delegadas al gobierno y a sus ramas en particular. El gobierno no tiene derechos; tiene solamente deberes. Ha sido ordenado para ser­vir al pueblo. La constitución contie­ne las instrucciones escritas del pue­blo soberano a sus siervos elegidos; es el circuito mediante el cual el pueblo transmite parte de su poder a su gobierno.

5. Se han tomado me­didas expresas para la preservación de los derechos naturales del hom­bre:

(a) por delegación específica go­bierno nacional de cosas que puede hacer;
(b)reservando al pueblo todos los derechos y la realización de to­dos los hechos que no hayan sido así delegados; y
(c) negando expresa­mente al gobierno, el poder de interferir en el uso, por parte del pueblo, de ciertos derechos señala­dos tales, como la libertad de expre­sión.

6. Por supuesto que se han pro­visto maneras por las cuales la cons­titución puede ser cambiada y en­mendada. En las providencias del Altísimo, la constitución de los ecuatorianos fue establecida para ser­vir un propósito aún mayor que el de fundar un gobierno estable bajo el cual reinaría la libertad. Fue de­signada para hacer algo mucho más que garantizar la preservación de los derechos naturales e inalienables del pueblo ecuatoriano. La constitu­ción fue establecida para dar libertad de aprender del evange­lio, y para garantizar la organización de la Iglesia y reino de Dios sobre la tierra en estos últimos días. América tiene que ser una tierra de libertad.

A esto me refiero en cuanto a poder hacer una diferencia entre estado e Iglesia en donde a ti a mi nos den toda la libertad de elección. Y eso los humanos solos no lo podran y lo que tu me dices en cuanto a la constitución del 98 ya ves la consecuencia de solo invocar a dios solo para ganar votos, ya me daras la razon cuando los asmbleistas de acuerdo pais nos den leyes que van a coartar tu libertad y nuestra libertad (socialismo del siglo XXI) sabes porque porque no conocen a dios . Entonces deben hacer una ley en donde todos seamos iguales y que el estado te garantice tu libertad de expresion o religiosa o de cualquier tipo y no se inmiscuya en esta estado e iglesia bien separados. Los asambleistas deben dejar claro de que somos libres de cualquier eleccion y no a la coercion de vernos obligados a hacer cosas por una ley mal hecha.

Como nota final, la Iglesia Evangélica en Guayaquil convoca a una marcha este domingo para promover la inclusión de Dios en la Constitución, además de dejar sentada su opinión sobre el aborto. A continuación una nota de El Universo:

Este domingo miembros de la iglesia evangélica saldrán a las calles de Guayaquil en una marcha para ratificar su postura sobre temas como el aborto y la presencia del nombre de Dios en la nueva Constitución.
La manifestación, organizada por el canal cristiano Enlace Ecuador, la radio Dinámica y difundido por la Secretaría Nacional de Comunicaciones Evangélicas del Ecuador (Senacee), partirá desde las calles Gómez Rendón y Machala, a las 11:00, y se dirigirá al estadio modelo Alberto Spencer.
Según el pastor Julio Barrera, quien coordina la actividad junto al pastor Francisco Loor, presidente de la Fundación Enlace Ecuador y ministro de las conferencias cristianas Asamblea de Dios, esta marcha tiene como objetivo rechazar la exclusión del nombre de Dios en el marco de la nueva Carta Magna y pedir que no se legalice el aborto ni el matrimonio o unión de hecho entre personas del mismo sexo.
A esta actividad se suma una campaña de recolección de dos millones de firmas que serán adjuntadas al documento que planean llevar a Ciudad Alfaro este mes. Barrera dijo que también están en conversaciones con la Asociación Ecuatoriana de Radiodifusión (AER) para hacer una transmisión en cadena el día de la marcha.

El Mandato 05: Ayuda a damnificados

Jueves, 13 de Marzo de 2008

El pasado 10 de marzo fue aprobado el Mandato 05, que tiene por objeto agilitar los trámites para la entrega de artículos importados para ayudar a los damnificados por las emergencias.

La mercadería importada no se libera de las bodegas de la aduana cuando tiene problemas de:

  • Incorrecta/incompleta declaración de importación, lo que significa que se estaría pagando menos arancel o se importaría a un diferente régimen aduanero.
  • Artículos piratas, es decir, que violan la Ley de Propiedad Intelectual.

Esto significa que un contenedor con problemas de este tipo es retenido en las bodegas de la CAE hasta que se resuelva si hay o no importación apropiada o si hay o no violación de las marcas registradas.

El Mandato 05 permite decomisar (quitar) ambos tipos de bienes para entregarlos a las instituciones del Estado que deben distribuirlas a las personas afectadas por las inundaciones, sin descartar que también puedan ser usadas para beneficio de los damnificados por la erupción del Tungurahua. Las instituciones que podrían recibir estos bienes serían: Comando Conjunto de las FF.AA., Ministerios, Municipios, etc. Sin embargo, para no desorganizar la repartición, muy probablemente la CAE decida entregar todo a las Fuerzas Armadas.

Este Mandato contiene una exhortación a los jueces de la materia para que resuelvan a la brevedad posible los temas aduaneros.

1. Procedimientos para los ítems que violan la Ley Orgánica de Aduanas.

Como veíamos arriba, estos ítems están detenidos por pago incorrecto de aranceles. Sin embargo, aún no hay una sentencia definitiva sobre aquello (por ello, precisamente, la exhortación a que los jueces sean rápidos), lo que significa que puede tener la razón la CAE (y los bienes en efecto intentaron ingresarse pagando menos aranceles) o puede tener la razón el respectivo importador (esto es, el régimen y la partida eran los correctos: se pagó el arancel correcto).

Por supuesto, si tiene la razón la CAE, no hay problema: la consecuencia es el decomiso de los bienes. En este caso, los bienes ya habrán sido decomisados y entregados a los damnificados.

Pero, si gana el importador, no hay como devolverle su mercadería. Por ello, hay que indemnizarlo en cash. Aquí puede haber problemas después, si no se hace ahora un inventario completo y un avalúo de cada contenedor que va a ser usado. Si no le pagan o si le pagan menos, el importador debiera enjuiciar a la CAE, porque para entonces ya no habrá Asamblea…

2. El caso de bienes “piratas”.

Al igual que en el otro caso, son bienes que están embodegados a la espera de una sentencia que diga quién tiene la razón. En este tema, la cuestión es si los bienes son piratas o no.

Para ello, es indispensable que se guarde una muestra de los bienes, para que, cuando el juez lo requiera, se lo puedan mostrar para él detectar la licitud del item en cuestión. En este caso, el Mandato sí prevé conservar muestras de cada ítem.

La consecuencia será curiosa: Miles de camisetas “LAKOSTE” o supuestas prendas “MIKE” serán usadas por miles de damnificados. Si las falsificaciones son de calidad, tal vez hasta se podría producir una reventa de esos ítems por parte de los damnificados para tener recursos para su alimentación. Aunque sería curioso, no vería en principio algo negativo en ello.

El Mandato 05, junto con los anteriores, está en la barra de links de la derecha:

Resolución de la OEA y lo que pide Ecuador

Viernes, 7 de Marzo de 2008

El Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos, teniendo en cuenta:

Que la Organización de los Estados Americanos (OEA) tiene plena competencia para conocer de hechos y acontecimientos que ponen en riesgo la paz y la seguridad hemisférica.

Que en los propósitos de la OEA constan, entre otros, el respeto a la personalidad, soberanía e independencia de los Estados, así como el fiel cumplimiento de las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes de derecho internacional.

Que el artículo 15 de la Carta de la OEA establece que “el derecho que tiene el Estado de proteger y desarrollar su existencia no lo autoriza a ejecutar actos injustos contra otros estados”.

Que el artículo 19 de la Carta prescribe que “ningún estado o grupo de Estados tiene el derecho de intervenir, directa o indirectamente, y sea cual fuere el motivo, en los asuntos internos o externos de cualquier otro. El principio anterior excluye no solamente la fuerza armada, sino también otra forma de injerencia o de tendencia atentatoria de la personalidad del Estado, de los elementos políticos, económicos y culturales que lo constituyen”.

Que el artículo 21 de la Carta enfatiza que “el territorio de un Estado es inviolable, no puede ser objeto de ocupación militar ni de otras medidas de fuerza tomadas por otro Estado, directa o indirectamente, cualquiera que fuere el motivo, aún de manera temporal”.

Que la Carta de la OEA, en su artículo 28, expresa que “toda agresión de un Estado contra la integridad o la inviolabilidad del territorio o contra su soberanía o la independencia política de un Estado americano, será considerado como un acto de agresión contra los demás Estados americanos;

Que la Carta de la Organización de los Estados Americanos reafirma el principio de que “las controversias de carácter internacional que surjan entre dos o más Estados americanos deben ser resueltas por medio de procedimientos pacíficos” y,

Que “afianzar la paz y la seguridad del continente” y “asegurar la solución pacífica de controversias que surjan entre los Estados miembros”, figuran entre los propósitos esenciales de la Carta de la OEA.

Considerando:

Que en la madrugada del sábado primero de marzo de 2008 fuerzas militares y efectivos de la policía de Colombia incursionaron en territorio del Ecuador, en la provincia de Sucumbíos, sin consentimiento expreso del gobierno del Ecuador para realizar un operativo en contra de miembros de un grupo irregular de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, que se encontraba clandestinamente acampando en el sector fronterizo ecuatoriano;

Que el hecho ocurrido constituye una violación de la soberanía y de la integridad territorial del Ecuador y de principios del derecho internacional;

Que este hecho ha producido una grave crisis entre estos dos países, provocando la ruptura de relaciones entre ambos Estados y una grave tensión en la región;

Que de acuerdo con el artículo 84 de la Carta, es función de la OEA velar por el mantenimiento de relaciones de amistad entre los Estados miembros, utilizando los procedimientos que esa misma Carta señala;

Que se cumplen en este caso los requisitos para la convocatoria a una reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores a la luz de los artículos 61 y siguientes de la Carta de la OEA.

Resuelve:

1. Reafirmar el principio de que el territorio de un Estado es inviolable y no puede ser objeto de ocupación militar ni de otras medidas de fuerza tomadas por otro Estado, directa o indirectamente, cualquiera fuera el motivo, aún de manera temporal.

2. Constituir una Comisión encabezada por el secretario general e integrada por cuatro embajadores designados por éste, que visite ambos países recorriendo los lugares que las partes le indiquen, eleve el correspondiente informe a la reunión de consulta de ministros de Relaciones Exteriores y proponga fórmulas de acercamiento entre ambas naciones.

3. Convocar, al amparo de lo dispuesto en los artículos 61, 62 y 63 de la Carta de la OEA, a una reunión de consulta de ministros de Relaciones Exteriores para el lunes 17 de marzo de 2008, en la sede de la OEA, con el fin de que examine los hechos y formule las recomendaciones pertinentes”.

Via: CRE Satelital.

Lo que pide Ecuador para terminar la crisis es:

El presidente ecuatoriano, Rafael Correa,  enumeró en Brasilia los pasos que considera necesarios para poner fin a la crisis con Colombia, incluyendo una condena de la OEA a su vecino y una disculpa  “sin tapujos” del presidente colombiano, Álvaro Uribe.

El primer frente de demandas del presidente ecuatoriano es con la comunidad  internacional y, concretamente, con la Organización de Estados Americanos (OEA) , a la que reclama:

1. “Que la OEA se pronuncie categóricamente rechazando la agresión de Colombia, ratificando la carta de la OEA y el derecho internacional que impide bajo ningún concepto la agresión a otro país”.

2. “Que envíe una comisión para verificar in situ (en el lugar) la agresión  y ahí sí, que la Asamblea de Cancilleres de la OEA condene a Colombia”.

3. “Que Uribe, sin tapujos, sin medias tintas, pida excusas a Ecuador”.

4. “Que (Uribe) se comprometa formal y firmemente a no repetir esas  acciones” (de permitir que tropas colombianas incursionen en territorio ecuatoriano).

5. “Que reconozca (Uribe) la ‘cantinflada’ y el montaje que armó para tratar de involucrar al gobierno de Ecuador con las FARC”.

Via: El Comercio.

Como se ve, se ha cumplido el punto UNO. El punto DOS se cumplió a medias: hay la comisión pero falta la condena. Esta condena a Colombia podría cumplirse el 17 de marzo, cuando la Reunión de Cancilleres conozca el informe que hará la comisión que visitará el lugar de los hechos.

Los puntos TRES al CINCO son para Uribe. La OEA no los puede conceder, sino Colombia.

Mi opinión: Uribe nunca se va a retractar ni se va a disculpar. Así que la normalización de relaciones deberá esperar al próximo gobierno… ecuatoriano o colombiano.

 

Reflexión:

Miércoles, 5 de Marzo de 2008

¿De qué nos sirve una declaración de soberanía de tantos párrafos, si no prendemos los radares?

De otro lado, mi apoyo a una campaña promovida en blogs de otros países bolivarianos:

Quien originó la cadena por la paz es Libremente Opino.


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