Archivo de la categoría 'Cultura'

Cultura y libertad estética

Jueves, 16 de Octubre de 2008

Las personas tienen derecho a mantener su cultura, de modo individual y coletivo.

Tenemos derecho a la libertad estética. Eso está dedicado a los punkeros.

Este apartado también hace referencia al derecho de las personas al ejercicio del tiempo libre, al deporte y a gozar de los beneficios de la ciencia, la tecnología y los saberes ancestrales. No hay mucho que comentar, más bien, conviene salir a hacer deporte y visitar el museo. Ya vuelvo!

Aquí los artículos:

Art. 21.- Las personas tienen derecho a construir y mantener su propia identidad cultural, a decidir sobre su pertenencia a una o varias comunidades culturales y a expresar dichas elecciones; a la libertad estética; a conocer la memoria histórica de sus culturas y a acceder a su patrimonio cultural; a difundir sus propias expresiones culturales y tener acceso a expresiones culturales diversas.

No se podrá invocar la cultura cuando se atente contra los derechos reconocidos en la Constitución.

Art. 22.- Las personas tienen derecho a desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio digno y sostenido de las actividades culturales y artísticas, y a beneficiarse de la protección de los derechos morales y patrimoniales que les correspondan por las producciones científicas, literarias o artísticas de su autoría.

Art. 23.- Las personas tienen derecho a acceder y participar del espacio público como ámbito de deliberación, intercambio cultural, cohesión social y promoción de la igualdad en la diversidad. El derecho a difundir en el espacio público las propias expresiones culturales se ejercerá sin más limitaciones que las que establezca la ley, con sujeción a los principios constitucionales.

Art. 24.- Las personas tienen derecho a la recreación y al esparcimiento, a la práctica del deporte y al tiempo libre.

Art. 25.- Las personas tienen derecho a gozar de los beneficios y aplicaciones del progreso científico y de los saberes ancestrales.

En ejercicio de su libertad de expresión y libertad estética, Diario El Telégrafo hizo roncha con una foto donde aparecía monseñor Arregui “con cachitos”. En esta foto, Cordero está ardiendo en el infierno:

Cordero en llamas
Cordero en llamas

Ecuadorpak shimikunaka Constituciónpa kankuna

Jueves, 14 de Agosto de 2008

Constitución 2008ka shuk tukuymanta ecuador kamayu shimi riman: Castellano. Ishkay shimikuna intercultural ashtay kankuna: Kichwa, shuarpash. Tukuykuna shimikuna kamayu shimikuna kan, shinallata sapallalla sapa kanchantapi maypi shimita rimana kankuna.

Ishkay articuloka riman:

“Art. 2.- La bandera, el escudo y el himno nacional, establecidos por la ley, son los símbolos de la patria.

El castellano es el idioma oficial del Ecuador; el castellano, el kichwa y el shuar son idiomas oficiales de relación intercultural.

Los demás idiomas ancestrales son de uso oficial para los pueblos indígenas en las zonas donde habitan y en los términos que fija la ley.

El Estado respetará y estimulará su conservación y uso.”

Kay articuloka shuk shimita kamachik nin: Kay kamachik jaykata maypi sapan shimita rimakrin. Alberto Acostaka sapan municipiomi shimipakmi akllan castellanopi wakka shimi kan.

Constitución 1998ka shuk kamayu shimi kan: castellano. Tukuykuna shimikunaka sapa pueblomi kamayu shimi kankuna:

Art. 1.- (…) El Estado respeta y estimula el desarrollo de todas las lenguas de los ecuatorianos. El castellano es el idioma oficial. El quichua, el shuar y los demás idiomas ancestrales son de uso oficial para los pueblos indígenas, en los términos que fija la ley.

Kay constitución chay constituciónpash shuk kamayu pachamamapak tuyrukuna rimankuna. Pachamama tuyrukunaka achka achka postkuna charirkakuna.

Kay post ñaupuk runa shimi postka ñuka killkani. Ñukaka pandaykunamanta jawanchakunani.

Ecuadormanta shimikuna:

awapit, epera, tsafiki
cha’palachii, cofán,
español
shuar (de la etnia shuar), achuar
quichua
siona, secoya
záparo
  • Lenguas aisladas
wao

 Sapallalla linkkuna:

Academia Mayor de la Lengua Quechua
DINEIB

http://www.ecamcham.com/ecuador/idiomas.htm

http://icci.nativeweb.org/yachaikuna/1/mejeant.pdf

http://www.dineib.edu.ec/documentos/lenguasindigenas.pdf
==========

Los idiomas del Ecuador en la Constitución
La Constitución 2008 señala un idioma oficial para todo el Ecuador: el Castellano. Hay dos idiomas oficiales de relación intercultural: kichwa y shuar. Todos los idiomas ancestrales son idiomas oficiales, pero en cada uno de los lugares donde éstos son hablados. El artículo 2 dice lo siguiente:

Art. 2.- La bandera, el escudo y el himno nacional, establecidos por la ley, son los símbolos de la patria.

El castellano es el idioma oficial del Ecuador; el castellano, el kichwa y el shuar son idiomas oficiales de relación intercultural.

Los demás idiomas ancestrales son de uso oficial para los pueblos indígenas en las zonas donde habitan y en los términos que fija la ley.

El Estado respetará y estimulará su conservación y uso.”

Este artículo exige la aprobación de una ley: Dicha ley deberá señalar cómo y dónde será hablado cada idioma. Alberto Acosta ha propuesto que cada municipio eliga su idioma principal y el castellano sea idioma secundario donde no es el principal.

La Constitución 1998 establece un idioma oficial: castellano. Los demás idiomas son oficiales para cada pueblo que lo habla:

Art. 1.- (…) El Estado respeta y estimula el desarrollo de todas las lenguas de los ecuatorianos. El castellano es el idioma oficial. El quichua, el shuar y los demás idiomas ancestrales son de uso oficial para los pueblos indígenas, en los términos que fija la ley.

Tanto la una como la otra constitución establecen que los símbolos patrios se fijan en una ley. Hay ya demasiados posts sobre los símbolos patrios.

Este post es el primero que escribo en kichwa. Me disculpo por los errores.

Lenguas de Ecuador:

awapit, epera, tsafiki
cha’palachii, cofán,
español
shuar (de la etnia shuar), achuar
quichua
siona, secoya
záparo
  • Lenguas aisladas
wao

Otros links:

Academia Mayor de la Lengua Quechua
DINEIB

http://www.ecamcham.com/ecuador/idiomas.htm

http://icci.nativeweb.org/yachaikuna/1/mejeant.pdf

http://www.dineib.edu.ec/documentos/lenguasindigenas.pdf

Indice nuevo vs. Indice viejo

Martes, 12 de Agosto de 2008

o se si sea muy común, pero creo que es importante analizar el Índice nuevo para compararlo con el de la Constitución vigente. Ambos se desarrollan en Títulos para englobar grandes temas y Capítulos dentro de cada uno. Es importante ver esta distribución para ver, panorámicamente, qué tan coherente resulta el nuevo texto.

La Nueva Constitución tiene estos títulos (en mayúsculas) y capítulos (con bullets). Dentro de algunos capítulos, podemos encontrar secciones:
Tit. 1: ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESTADO

  • Principios fundamentales
  • Ciudadanas y ciudadanos

Tit. 2: DERECHOS

  • Principios de aplicación de los derechos
  • Derechos del buen vivir. Secciones: 1) Agua y alimentación, 2) Ambiente sano, 3) Comunicación e información, 4)  Cultura y Ciencia, 5) Educación, 6) Hábitat y vivienda, 7) Salud, 8) Trabajo y seguridad social
  • Derechos de las personas y grupos de atención prioritari. Secciones: 1) Adultas y adultos mayores, Jóvenes (mayores de edad, pero jóvenes), Movilidad Humana (esta sección protege derechos de los migrantes), Mujeres embarazadas, Niñas, niños y adolescentes (menores de edad), Personas con discapacidad, Personas con enfermedades catastróficas, Personas privadas de libertad, Personas usuarias y consumidoras
  • Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades
  • Derechos de participación
  • Derechos de libertad
  • Derechos de la naturaleza
  • Derechos de protección
  • Responsabilidades (Este capítulo reemplaza al artículo de deberes de la Constitución de 19 8) .

Tit. 3: GARANTÍAS CONSTITUCIONALES

  • Garantías normativas
  • Políticas públicas, servicios públicos y participación ciudadana
  • Garantías jurisdiccionales. Secciones: 1) Disposiciones comunes 2) Acción de protección (reemplaza al amparo), 3) Acción de hábeas corpus 4) Acción de acceso a la información pública (antes aparecía en la Ley de Transparencia) 5) Acción de hábeas data 6) Acción por incumplimiento 7) Acción extraordinaria de protección (fue aprobado como “recurso” pero la comisión parece haberle puesto “acción”)

Tit. 4: PARTICIPACIÓN Y ORGANIZACIÓN DEL PODER

  • Participación en democracia. Secciones: 1) Principios de la participación 2) Organización colectiva 3) Participación en los diferentes niveles de gobierno 4) Democracia directa 5) Organizaciones políticas 6) Representación política
  • Función Legislativa Secciones: 1) Asamblea Nacional 2) Control de la acción de gobierno 3) Procedimiento legislativo
  • Función Ejecutiva Secciones: 1) Organización y funciones 2) Consejos nacionales de igualdad (Elimina entes de protección sueltos y unifica su accionar) 3) Fuerzas Armadas y Policía Nacional 4) Estados de excepción
  • Función Judicial y justicia indígena Secciones: 1) Principios de la administración de justicia 2) Justicia Indígena 3) Principios de la Función Judicial 4) Organización y funcionamiento 5) Consejo de la Judicatura 6) Justicia ordinaria 7) Jueces de Paz 8) Medios alternativos de solución de conflictos 9) Defensoría Pública 10) Fiscalía General del Estado 11) Sistema de protección de víctimas y testigos 12) Servicio notarial 13) Rehabilitación social
    Función de Transparencia y Control Social Secciones: 1) Naturaleza y funciones 2) Consejo de Participación Ciudadana y Control Social 3) Contraloría General del Estado 4) Superintendencias 5) Defensoría del Pueblo
  • Función Electoral Secciones: 1) Consejo Nacional Electoral 2)Tribunal Contencioso Electoral 3) Normas comunes de control político y social
  • Administración pública Secciones: 1) Sector público 2) Administración pública 3) Servidoras y servidores públicos 4) Procuraduría General del Estado

Tit. 5: ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO

  • Principios generales
  • Organización del territorio
  • Gobiernos autónomos descentralizados y regímenes especiales
  • Régimen de competencias
  • Recursos económicos

Tit. 6: RÉGIMEN DE DESARROLLO

  • Principios generales
  • Planificación participativa para el desarrollo
  • Soberanía alimentaria
  • Soberanía económica Secciones: 1) Sistema económico y política económica 2) Política fiscal 3) Endeudamiento público 4) Presupuesto General del Estado 5) Régimen tributario 6) Política monetaria, cambiaria, crediticia y financiera (aquí está el artículo que señala que la moneda se fija en ley) 7) Política comercial 8) Sistema financiero
  • Sectores estratégicos, servicios y empresas públicas
  • Trabajo y producción Secciones: 1) Formas de organización de la producción y su gestión 2)
    Tipos de propiedad 3) Formas de trabajo y su retribución 4) Democratización de los factores de producción 5) Intercambios económicos y comercio justo 6) Ahorro e Inversión

Tit. 7: RÉGIMEN DEL BUEN VIVIR

  • Inclusión y equidad Secciones: 1) Educación 2) Salud 3) Seguridad social 4) Hábitat y vivienda 5) Cultura 6) Cultura física y tiempo libre 7) Comunicación social 8) Ciencia, tecnología, innovación y saberes ancestrales 9) Gestión del riesgo 10) Población y movilidad humana 11) Seguridad humana 12) Transporte
  • Biodiversidad y recursos naturales Secciones: 1) Naturaleza y ambiente 2) Biodiversidad 3) Patrimonio natural y ecosistemas 4) Recursos naturales 5) Suelo 6) Agua 7) Biosfera, ecología urbana y energías alternativas

Tit. 8: RELACIONES INTERNACIONALES

  • Principios de las relaciones internacionales
  • Tratados e instrumentos internacionales
  • Integración latinoamericana

Tit. 9: SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÓN

  • Principios
  • Corte Constitucional
  • Reforma de la Constitución

DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
RÉGIMEN DE TRANSICIÓN
DISPOSICIÓN FINAL
Este índice fue sacado del archivo “Constitución de Bolsillo” que fue subida recientemente a la página de la Asamblea Constituyente. Al parecer, los señores de Montecristi tienen bolsillos de payaso, pues la versión “de bolsillo” tiene nada menos que 218 páginas. ¡Y tienen la frescura de decir: “descargue e imprima”! ¡Cómo voy a imprimir 218 páginas!

El viernes pasado, circularon con Diario El Universo las impresiones de la Constitución. Para el lunes pasado, se esperaba que circulen con otros diarios, pero la impresión fue suspendida, debido a que la Asamblea sigue haciendo correcciones formales (en los términos definidos por Alberto Acosta)  en el documento. El Universo no se hizo responsable por el contenido impreso.
Comparemos con la forma en que está estructurada la Constitución de 1998:

TÍTULO I :DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

TÍTULO II : DE LOS HABITANTES

TÍTULO III : DE LOS DERECHOS, GARANTÍAS Y DEBERES

TÍTULO IV: DE LA PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA

TÍTULO V: DE LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO Y LA FUNCIÓN PÚBLICA

TÍTULO VI: DE LA FUNCIÓN LEGISLATIVA

TÍTULO VII: DE LA FUNCIÓN EJECUTIVA

TÍTULO VIII: DE LA FUNCIÓN JUDICIAL

TÍTULO IX: DE LA ORGANIZACIÓN ELECTORAL

TÍTULO X: DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL

TÍTULO XI: DE LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL Y DESCENTRALIZACIÓN

TÍTULO XII: DEL SISTEMA ECONÓMICO

TÍTULO XIII: DE LA SUPREMACÍA, DEL CONTROL Y DE LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

DISPOSICIÓN FINAL

¿Cual organización les parece más adecuada?

PS: Para no quedarnos sin comparar el preámbulo de la Constitución de 1998, aquí está el texto vigente:

EL PUEBLO DEL ECUADOR

inspirado en su historia milenaria, en el recuerdo de sus héroes y en el trabajo de hombres y mujeres que, con su sacrificio, forjaron la patria;

fiel a los ideales de libertad, igualdad, justicia, progreso, solidaridad, equidad y paz que han guiado sus pasos desde los albores de la vida republicana,

proclama su voluntad de consolidar la unidad de la nación ecuatoriana en el reconocimiento de la diversidad de sus regiones, pueblos, etnias y culturas,

invoca la protección de Dios, y

en ejercicio de su soberanía,

establece en esta Constitución las normas fundamentales que amparan los derechos y libertades, organizan el Estado y las instituciones democráticas e impulsan el desarrollo económico y social.

La importancia del Preámbulo

Viernes, 8 de Agosto de 2008

En un post anterior se podía leer en su totalidad el texto del Preámbulo de la Constitución. Una Constitución normalmente es un texto jurídico con alto contenido social, sociológico o como pueda denominarse al ideal de la sociedad de vivir en conjunto. El preámbulo no es un texto jurídico como tal: no se invoca para explicar un derecho o una regla de balances y contrapesos, es solo una introducción para quien quiera leer la Constitución desde el principio.

No por ello no cabe discutirla: Es conveniente saber si en su texto nos sentimos representados todos los miembros de la sociedad. La gran crítica que se le hace al Preámbulo es la referencia a Dios en la Constitución. Como se comentó hace varios meses atrás, personalmente no estuve a favor de invocar el nombre de Dios en la Constitución, principalmente por la separación del Estado con la Iglesia. Pero la mayoría estuvo de acuerdo y el Preámbulo quedó así:

“Nosotras y nosotros, el pueblo soberano del Ecuador, reconociendo nuestras raíces milenarias, forjadas por mujeres y hombres de distintos pueblos, celebrando a la naturaleza, la Pacha Mama, de la que somos parte y que es vital para nuestra existencia, invocando el nombre de Dios y reconociendo nuestras diversas formas de religiosidad y espiritualidad, apelando a la sabiduría de todas las culturas que nos enriquecen como sociedad.

Como herederos de las luchas sociales de liberación frente a todas las formas de dominación y colonialismo, y con un profundo compromiso con el presente y el futuro,decidimos construir una nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad y armonía con la naturaleza, para alcanzar el buen vivir, el sumak kawsay.

Una sociedad que respeta, en todas sus dimensiones, la dignidad de las personas y las colectividades.

Un país democrático, comprometido con la integración latinoamericana, la paz y la solidaridad con todos los pueblos de la tierra.

En ejercicio de nuestra soberanía, en Ciudad Alfaro, Montecristi, provincia de Manabí, nos damos la presente Constitución de la República del Ecuador.”

Dios y la Pacha Mama

En negrillas está la parte que más criticas levanta: ¿Qué hace ahí la Pachamama? Los críticos dicen que es una divinidad indígena y, por tanto, al invocarla estamos colocándola al mismo nivel que Dios, otra divinidad nombrada. Carlos Jijón, en Diario Hoy, fue más allá y dijo que la Pachamama es más importante porque está ANTES que Dios.

El ex asambleísta Carlos Pilamunga resume en su blog qué se entiende por Pachamama: este nombre denomina a la naturaleza en su conjunto. Creo que debe interpretarse la presencia de la  Pachamama en el sentido en que lo resume el señor Pilamunga en su blog: como una integralidad de elementos naturales, no como una divinidad. La frase MAMA simboliza el sustento que da la naturaleza al ser humano. Hay grandes diferencias entre el pensamiento occidental de la naturaleza y el pensamiento andino de la naturaleza.

Este cuadro aparece en el blog de Carlos Pilamunga:

RELACION DEL “SER HUMANO” CON PENSAMIENTO Y ACTITUD OCCIDENTAL NEOLIBERAL Y  ORIGINARIO ANCESTRAL

 

PENSAMIENTO

ORIGINARIO ANCESTRAL “hoy llamado, Indígena” OCCIDENTAL,  NEOLIBERAL , COLONIAL, CAPITALISTA
Los seres humanos pertenecemos a la  Naturaleza- Pachamama, por ello se respeta, cuida, labora, ama y siente. La Naturaleza, pertenece al ser humano hacer usos de vicios de intereses económicos.
Mantener y cuidar en su estado original y natural los minerales para la armonía y equilibrio de sistemas energías colectivas Extraer minerales, talar árboles y más enseres de la naturaleza solo con fines económicos individuales y capitalista de élites monopólicos.
Madre que cobija a todos los seres Ser inerte.
Orgánico Químico, transgénico.
Complementario (Hombre y mujer) colectivo Único, hegemónico
Espiral, circular y cuadrado Vertical.
Integralidad Fragmentación
Paisaje y senderos Edificios
Vertientes de fuentes de agua de la cerros Bombas de agua y procesamiento químico
Espiritualidad Religiones
La familias Colectivas Familias individuales
Binarios, pares Impares.

A mi modo de ver, al poner “pacha mama” están traduciendo la palabra naturaleza. Pero la traducción no está ahí solo por traducirla: está ahí para proyectar el pensamiento andino sobre la naturaleza: Los seres humanos pertenecemos a la  Naturaleza- Pachamama, por ello se respeta, cuida, labora, ama y siente.

Es importante ver que en el cuadro, se nos cuenta que los indígenas ven a la naturaleza como un conjunto de vida, no como un ser inerte. En cambio, en el mundo occidental, la naturaleza es simplemente objetos. En mi criterio, es esta diferencia la que sustenta la razón para dar derechos a la naturaleza. Es decir, el capítulo de Derechos de la Naturaleza no es una ocurrencia de Alberto Acosta ni de nadie: no es que un día un asambleísta novelero se despertó y dijo “para hacernos los revolucionarios, démole derechos a un ser inerte”, sino que los asambleístas que conocen la cosmovisión andina plasmaron esta parte del pensamiento indígena en un contenido jurídico, como es la expresión de derechos.

Pachamama
Pachamama

 En Wikipedia, un conjunto de anónimos nos dicen que Pachamama es una deidad indígena:

Pachamama o más usualmente pacha (del aymara y quechua pacha: tierra y, por extensión bastante moderna “mundo”, “cosmos”; mama: madre –es decir “Tierra madre”–) es la gran deidad, entre los pueblos indígenas de los Andes Centrales de América del Sur.

Pachamama es descrita como “una deidad incorpórea, no localizada; es la Tierra en un sentido profundo, metafísico; es lo de abajo, pero no el suelo o la tierra geológica, así como tampoco el cielo cristiano es el cielo cosmográfico. La Pachamama es todo, explica todo y si bien, repetimos, no está localizada…

Este texto está reproducido en Diario El Universo en este sitio de Columnistas.

¿Invocar a la Pachamama en la Constitución viola el mandato de “No tendrás otros dioses delante de mí”?

En primera, no creo que la Pachamama sea un dios como tal. En segundo lugar, la Constitución no es una declaración de creencias, por lo que el hecho de que aparezca la palabra DIOS no vuelve creyentes a los ateos, tampoco la palabra PACHAMAMA nos vuelve a todos creyentes en tal divinidad -si eso fuera- ni tampoco hace que todos pensemos que la naturaleza es un ser al que hay que proteger. Creer eso implicaría que mañana se reprograman los cerebros y las creencias y deja de haber gente que contamina, por ejemplo.

Lastimosamente a estos resultados nos vemos abocados cuando comenzamos a poner temas religiosos en asuntos del Estado.

Bienvenidos sus comentarios.

Inka Shamanic Glossary: Pachamama
Filosofía de la Pachamama (Carlos Pilamunga)
Pachamama según la Prefectura de Cañar

Pachamama en Wikipedia

Pachamama en Wikipedia (Diario El Universo)

Sumak Kawsay está mal traducido

Martes, 3 de Junio de 2008

Apareció en los medios la inquitud por buscar qué hay detrás del  concepto de “buen vivir”. Walter Spurrier ha dicho que es un invento de algún trasnochado europeo. En cambio, en el lado de la lista 35 se afirma que este concepto viene del concepto kiwcha sumak kawsay.

Tengo especial interés en conocer este concepto, que no es opuesto, pero tampoco es sinónimo del tradicional término de “bien común”, que por cierto tampoco se ha desterrado de la nueva constitución. Por ello, estoy estudiando kichwa y cosmovisión andina. Falta mucho para ser un experto en cosmovisión andina, pero por lo pronto tengo estas palabras traducidas:

Sumak: Bueno, buena, bien.

Kawsay: Vida

Eso significa que, si el Buen Vivir nace del mundo andino, está mal traducido, debiera ser “Vida Buena”. No se si a ustedes les pasa igual, pero cuando escucho buen vivir, me viene a la mente una imagen de uno echado en la hamaca comiendo frutas mientras descansa.

Algo nada parecido con el trabajo y la producción.

Links de interés:

Dios y su invocación

Viernes, 14 de Marzo de 2008

El tema de Dios en la Constitución

Incluir en el preámbulo de nuestra Carta Magna una referencia al Ser Supremo ha sido un tema de bastante debate. Especialmente en este blog. Entre los comentarios recibidos, quiero rescatar uno de Julio Vinueza, quien señaló que el Estado Laico, en su estricto sentido, no excluye a Dios, sino que trata por igual a todas las creencias y religiones:

Si, debe no solo invocarse sino pedir su inspiración para saber utilizar el conocimiento que El les ha dado a todos los asambleístas… Uno de los aspectos significativos de esta existencia terrenal es que hay leyes que gobiernan todas las cosas. Las leyes dan orden y propósito al universo y dan a los humanos la oportunidad de progresar y ser felices. Por lo tanto, necesitamos entender la naturaleza de la ley, su origen, los medios por los cuales podemos saber si las leyes son verdaderas, el resultado de la aplicación de las leyes o lo que se puede alcanzar obedeciendo las leyes de Dios, y cómo el Señor ha aconsejado a sus hijos a actuar en relación a las leyes a fin de poder obtener los mayores beneficios… Esta es la razón por la cual se deben incluir a Dios en la nueva Constitución para hacer leyes a favor de la felicidad y el progreso del hombre y a favor de todos sin hacer dedicatorias.

Sobre este tema, recordé que el Estado Laico es una conquista del liberalismo que celebran especialmente las Iglesias protestantes. Una muy sabia respuesta vino nuevamente de Julio Vinueza, quien envió un email a mi correo, que lo reproduzco para que todos la podamos leer:

Mira lo que pasa es que no has entendido mi mensaje, el término ‘laico’, cuando se refiere al Estado, a la educación, etc. significa ’sin religión’, es decir, que no promueve ninguna religión o contenido religioso. Eso es la ley de la selva sin dios ni ley. Pero en este pais sucede que si no eres catolico no te ayudan o te obligan a hacer cosas que de pronto no estas de acuerdo como en los colegios catolicos o otros, eso se llama: Segregacionismo.

El término segregar hace referencia a apartar, separar a alguien de algo o una cosa de otra. De esta manera el segregacionismo es aquella política que separa, excluye y aparta a grupos tales, como las minorías raciales, las mujeres, los homosexuales (gays, lesbianas), las minorías religiosas, personas con incapacidades, entre otros del resto de la población humana, en base principalmente a planteamientos de tipo racial, sexual, religioso o ideológico.

El segregacionismo se manifiesta tanto en el acceso a los recursos básicos (propiedad privada, trabajo, sanidad, educación, representación y sufragio político…) así como en otras facetas como la separación de barrios residenciales en las ciudades con la consiguiente conformación de islas urbanas o “guetos”. Esto debido en muchos casos, a las diferencias económicas, de clases sociales, de raza y nivel educativo.

Albedrío es la habilidad y libertad de elegir el bien o el mal. Es un principio eterno que ha existido con Dios desde toda la eternidad. Las simientes espiritua­les del Padre tenían albedrío en la preexistencia y estaban por lo tanto habilitadas para seguir a Cristo o a Lucifer, acorde a tu elección, Es en virtud del ejercicio del albedrío en esta vida, que los hombres están facultados para sufrir pruebas, las que son una parte esencial de la mortalidad.

1. Nuestra constitución debe ser la ley suprema del país. Es un documento escrito que agrupa las leyes y principios orgáni­cos fundamentales que deben gobernar la nación ecuatoriana La constitución fue ordenada y establecida por el pueblo, no el estado, no por un gru­po selecto de autócratas que toma­ron el poder, ni por un poder guber­namental extranjero. La filosofía ge­neral del gobierno constitucional es­triba en que todo el poder soberano descansa en el pueblo, el cual por el libre ejercicio de su albedrío elige delegar ciertos poderes y funciones a los cuerpos de gobierno estableci­dos por ellos.

2. Es un documento escrito, no un cúmulo de tradicio­nes, costumbres o interpretaciones legales. Es capaz de interpretación específica y fomenta un curso de es­tabilidad y uniformidad de acción en lo que a asuntos gubernamenta­les se refiere.

3. Se establece por ella la forma de gobierno. Se dividen los poderes en legislativo, ejecutivo y judicial, creando así un sistema ideal de freno y equilibrio en lo que con­cierne a posibles poderes autocráti­cos.

4. En la constitución se enume­ran los poderes específicos y las au­toridades delegadas al gobierno y a sus ramas en particular. El gobierno no tiene derechos; tiene solamente deberes. Ha sido ordenado para ser­vir al pueblo. La constitución contie­ne las instrucciones escritas del pue­blo soberano a sus siervos elegidos; es el circuito mediante el cual el pueblo transmite parte de su poder a su gobierno.

5. Se han tomado me­didas expresas para la preservación de los derechos naturales del hom­bre:

(a) por delegación específica go­bierno nacional de cosas que puede hacer;
(b)reservando al pueblo todos los derechos y la realización de to­dos los hechos que no hayan sido así delegados; y
(c) negando expresa­mente al gobierno, el poder de interferir en el uso, por parte del pueblo, de ciertos derechos señala­dos tales, como la libertad de expre­sión.

6. Por supuesto que se han pro­visto maneras por las cuales la cons­titución puede ser cambiada y en­mendada. En las providencias del Altísimo, la constitución de los ecuatorianos fue establecida para ser­vir un propósito aún mayor que el de fundar un gobierno estable bajo el cual reinaría la libertad. Fue de­signada para hacer algo mucho más que garantizar la preservación de los derechos naturales e inalienables del pueblo ecuatoriano. La constitu­ción fue establecida para dar libertad de aprender del evange­lio, y para garantizar la organización de la Iglesia y reino de Dios sobre la tierra en estos últimos días. América tiene que ser una tierra de libertad.

A esto me refiero en cuanto a poder hacer una diferencia entre estado e Iglesia en donde a ti a mi nos den toda la libertad de elección. Y eso los humanos solos no lo podran y lo que tu me dices en cuanto a la constitución del 98 ya ves la consecuencia de solo invocar a dios solo para ganar votos, ya me daras la razon cuando los asmbleistas de acuerdo pais nos den leyes que van a coartar tu libertad y nuestra libertad (socialismo del siglo XXI) sabes porque porque no conocen a dios . Entonces deben hacer una ley en donde todos seamos iguales y que el estado te garantice tu libertad de expresion o religiosa o de cualquier tipo y no se inmiscuya en esta estado e iglesia bien separados. Los asambleistas deben dejar claro de que somos libres de cualquier eleccion y no a la coercion de vernos obligados a hacer cosas por una ley mal hecha.

Como nota final, la Iglesia Evangélica en Guayaquil convoca a una marcha este domingo para promover la inclusión de Dios en la Constitución, además de dejar sentada su opinión sobre el aborto. A continuación una nota de El Universo:

Este domingo miembros de la iglesia evangélica saldrán a las calles de Guayaquil en una marcha para ratificar su postura sobre temas como el aborto y la presencia del nombre de Dios en la nueva Constitución.
La manifestación, organizada por el canal cristiano Enlace Ecuador, la radio Dinámica y difundido por la Secretaría Nacional de Comunicaciones Evangélicas del Ecuador (Senacee), partirá desde las calles Gómez Rendón y Machala, a las 11:00, y se dirigirá al estadio modelo Alberto Spencer.
Según el pastor Julio Barrera, quien coordina la actividad junto al pastor Francisco Loor, presidente de la Fundación Enlace Ecuador y ministro de las conferencias cristianas Asamblea de Dios, esta marcha tiene como objetivo rechazar la exclusión del nombre de Dios en el marco de la nueva Carta Magna y pedir que no se legalice el aborto ni el matrimonio o unión de hecho entre personas del mismo sexo.
A esta actividad se suma una campaña de recolección de dos millones de firmas que serán adjuntadas al documento que planean llevar a Ciudad Alfaro este mes. Barrera dijo que también están en conversaciones con la Asociación Ecuatoriana de Radiodifusión (AER) para hacer una transmisión en cadena el día de la marcha.

Resolución de la OEA y lo que pide Ecuador

Viernes, 7 de Marzo de 2008

El Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos, teniendo en cuenta:

Que la Organización de los Estados Americanos (OEA) tiene plena competencia para conocer de hechos y acontecimientos que ponen en riesgo la paz y la seguridad hemisférica.

Que en los propósitos de la OEA constan, entre otros, el respeto a la personalidad, soberanía e independencia de los Estados, así como el fiel cumplimiento de las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes de derecho internacional.

Que el artículo 15 de la Carta de la OEA establece que “el derecho que tiene el Estado de proteger y desarrollar su existencia no lo autoriza a ejecutar actos injustos contra otros estados”.

Que el artículo 19 de la Carta prescribe que “ningún estado o grupo de Estados tiene el derecho de intervenir, directa o indirectamente, y sea cual fuere el motivo, en los asuntos internos o externos de cualquier otro. El principio anterior excluye no solamente la fuerza armada, sino también otra forma de injerencia o de tendencia atentatoria de la personalidad del Estado, de los elementos políticos, económicos y culturales que lo constituyen”.

Que el artículo 21 de la Carta enfatiza que “el territorio de un Estado es inviolable, no puede ser objeto de ocupación militar ni de otras medidas de fuerza tomadas por otro Estado, directa o indirectamente, cualquiera que fuere el motivo, aún de manera temporal”.

Que la Carta de la OEA, en su artículo 28, expresa que “toda agresión de un Estado contra la integridad o la inviolabilidad del territorio o contra su soberanía o la independencia política de un Estado americano, será considerado como un acto de agresión contra los demás Estados americanos;

Que la Carta de la Organización de los Estados Americanos reafirma el principio de que “las controversias de carácter internacional que surjan entre dos o más Estados americanos deben ser resueltas por medio de procedimientos pacíficos” y,

Que “afianzar la paz y la seguridad del continente” y “asegurar la solución pacífica de controversias que surjan entre los Estados miembros”, figuran entre los propósitos esenciales de la Carta de la OEA.

Considerando:

Que en la madrugada del sábado primero de marzo de 2008 fuerzas militares y efectivos de la policía de Colombia incursionaron en territorio del Ecuador, en la provincia de Sucumbíos, sin consentimiento expreso del gobierno del Ecuador para realizar un operativo en contra de miembros de un grupo irregular de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, que se encontraba clandestinamente acampando en el sector fronterizo ecuatoriano;

Que el hecho ocurrido constituye una violación de la soberanía y de la integridad territorial del Ecuador y de principios del derecho internacional;

Que este hecho ha producido una grave crisis entre estos dos países, provocando la ruptura de relaciones entre ambos Estados y una grave tensión en la región;

Que de acuerdo con el artículo 84 de la Carta, es función de la OEA velar por el mantenimiento de relaciones de amistad entre los Estados miembros, utilizando los procedimientos que esa misma Carta señala;

Que se cumplen en este caso los requisitos para la convocatoria a una reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores a la luz de los artículos 61 y siguientes de la Carta de la OEA.

Resuelve:

1. Reafirmar el principio de que el territorio de un Estado es inviolable y no puede ser objeto de ocupación militar ni de otras medidas de fuerza tomadas por otro Estado, directa o indirectamente, cualquiera fuera el motivo, aún de manera temporal.

2. Constituir una Comisión encabezada por el secretario general e integrada por cuatro embajadores designados por éste, que visite ambos países recorriendo los lugares que las partes le indiquen, eleve el correspondiente informe a la reunión de consulta de ministros de Relaciones Exteriores y proponga fórmulas de acercamiento entre ambas naciones.

3. Convocar, al amparo de lo dispuesto en los artículos 61, 62 y 63 de la Carta de la OEA, a una reunión de consulta de ministros de Relaciones Exteriores para el lunes 17 de marzo de 2008, en la sede de la OEA, con el fin de que examine los hechos y formule las recomendaciones pertinentes”.

Via: CRE Satelital.

Lo que pide Ecuador para terminar la crisis es:

El presidente ecuatoriano, Rafael Correa,  enumeró en Brasilia los pasos que considera necesarios para poner fin a la crisis con Colombia, incluyendo una condena de la OEA a su vecino y una disculpa  “sin tapujos” del presidente colombiano, Álvaro Uribe.

El primer frente de demandas del presidente ecuatoriano es con la comunidad  internacional y, concretamente, con la Organización de Estados Americanos (OEA) , a la que reclama:

1. “Que la OEA se pronuncie categóricamente rechazando la agresión de Colombia, ratificando la carta de la OEA y el derecho internacional que impide bajo ningún concepto la agresión a otro país”.

2. “Que envíe una comisión para verificar in situ (en el lugar) la agresión  y ahí sí, que la Asamblea de Cancilleres de la OEA condene a Colombia”.

3. “Que Uribe, sin tapujos, sin medias tintas, pida excusas a Ecuador”.

4. “Que (Uribe) se comprometa formal y firmemente a no repetir esas  acciones” (de permitir que tropas colombianas incursionen en territorio ecuatoriano).

5. “Que reconozca (Uribe) la ‘cantinflada’ y el montaje que armó para tratar de involucrar al gobierno de Ecuador con las FARC”.

Via: El Comercio.

Como se ve, se ha cumplido el punto UNO. El punto DOS se cumplió a medias: hay la comisión pero falta la condena. Esta condena a Colombia podría cumplirse el 17 de marzo, cuando la Reunión de Cancilleres conozca el informe que hará la comisión que visitará el lugar de los hechos.

Los puntos TRES al CINCO son para Uribe. La OEA no los puede conceder, sino Colombia.

Mi opinión: Uribe nunca se va a retractar ni se va a disculpar. Así que la normalización de relaciones deberá esperar al próximo gobierno… ecuatoriano o colombiano.

 

Reforma propuesta por el Gobierno al Conesup

Lunes, 9 de Julio de 2007

RESUMEN DE LA PROPUESTA DE REFORMA ENTREGADA POR EL GOBIERNO AL CONESUP

Fines del Estado:

  • Coordinar y regular la economía
  • Redistribuir la riqueza
  • Justicia e igualdad social

La propuesta se basa en 4 ejes:

  • Ajuste de la parte dogmática
  • Reforma Política
  • Reordenamiento Territorial
  • Modelo de Desarrollo Económico

Eje 1: Ajuste de parte Dogmática

Criterios iniciales:

§ Menciona que el objetivo es poner al modelo constitucional ecuatoriano “al nivel de los últimos desarrollos teóricos sobre la materia”

§ Recita que se acepta sólo dos dimensiones de derechos: dimensión subjetiva (titular: la persona) y objetiva (institucional)

Estado Laico:

§ Poner en el artículo 1: “El Ecuador es un estado (…) laico…”

Efecto del Estado Laico:

§ Capacidad del Estado para incluir en currículos escolares los principios del laicismo y respeto a la diversidad

Rol de la familia en la sociedad:

§ Define a la familia como “espacio determinante de socialización de las personas”

Amplia las definiciones de la familia para incluir:

§ “familia formada por mujeres cabeza de hogar”

§ “familia mono-personal”

§ “familia ampliada por migración”

§ Propone equidad REAL entre hombres y mujeres en cuanto a vida sexual y reproductiva.

 

§ Normar la paternidad y maternidad responsables.

 

 

Extender los derechos de participación política a extranjeros.

§ Para ello, ha de establecerse nuevas definiciones:

§ Nacionalidad: pertenencia a un Estado o territorio

§ Ciudadanía: capacidad de ejercer derechos políticos

§ Ampliar la revocatoria del mandato a Presidente y Vicepresidente

 

Reglas para financiamiento de campañas electorales:

§ Principios: igualdad y equidad.

§ Financiación pública.

§ Prohibición de regalos y dádivas.

§ Veeduría ciudadana sobre presupuestos y gastos electorales.

Mecanismos de Democracia Participativa:

§ Iniciativa legislativa ciudadana.

§ Deliberación pública:

§ Consulta pública de políticas

§ Observatorios de políticas

§ Fuerza vinculante en consulta popular:

§ Dar al Presidente capacidad para convocar a consulta popular sobre cualquier tema sin permiso del Congreso.

§ Veedurías sociales:

§ Integrar veedurías a procesos institucionales de rendición de cuentas.

§ Elaboración participativa de presupuestos y planificación.

§ Derecho a impugnar en concursos de méritos sin necesidad de ser agremiado.

§ Acceso a información pública: pide crear un mecanismo coercitivo para reclamar info pública.

Cambios al derecho de propiedad:

§ Carácter inalienable, imprescriptible e inembargable de recursos naturales no renovables.

§ “ampliar este derecho para crear una sociedad de productores y propietarios”

§ Definir la propiedad familiar, comunitaria y asociativa.

§ Regulación “amplia y completa” de estas formas de propiedad.

Derecho al trabajo:

§ Eliminar empleo precario,

§ Reconocer en la Constitución que el valor del trabajo es el productor de renta y plusvalía.

§ Derecho a la estabilidad, salario justo e igualdad de ingresos por igual trabajo hecho.

§ “Reformular estructuralmente” la tercerización.

Derecho a la vivienda:

§ Incluir plan de gobierno: obligación estatal de construir y mejorar viviendas, alquiler de vivienda fiscal, albergues para los sin techo, sanciones para el no explotación de inmuebles e incentivos tributarios para compra de vivienda destinada al alquiler.

Empresas públicas:

§ Concepto de rentabilidad social.

§ Admite gestión mixta de sectores estratégicos.

Derecho a la comunicación:

§ Agregar la calidad de “proceso social” generador de cultura.

§ Establecer política pública de comunicación.

§ Garantía de acceso, uso y apropiación social de TICs

Derechos indígenas:

§ Ajustar definiciones constitucionales al Convenio 169 OIT y al Proyecto de Declaración de Derechos Indígenas.

Grupos vulnerables:

§ Cambiar la palabra vulnerable por “de atención prioritaria”.

Garantías constitucionales no-jurisdiccionales:

§ Impedir prisión perpetua

§ No admitir extradición de ecuatorianos.

§ Propone juzgar en Ecuador a ecuatorianos que cometan delitos en el exterior.

Garantías constitucionales jurisdiccionales:

§ Ampliar alcance del amparo a acciones u omisiones de particulares que desempeñen funciones públicas.

§ Cambiar “Demanda” de inconstitucionalidad por “Acción”

§ Incorporar: excepción de inconstitucionalidad, cuestión de inconstitucionalidad, acción popular y de grupo y acción de protección de derechos étnicos y culturales.

Defensor del Pueblo:

§ Su criterio será vinculante en áreas de su competencia.

Eje Extra: Estructura del Estado y Entes públicos

§ Propone que haya definición clara de competencias públicas y privadas: todo ente que reciba ingresos públicos (tributarios o no) ha de ser ente público.

§ Eliminar fuga del Derecho Administrativo.

§ Revisar la descentralización por colaboración (eliminar Fundaciones y corporaciones municipales).

§ Eliminar negocios privados: poner notarías y registros a cargo de Función Judicial.

Eje 2: Reforma Política

Reformas al Ejecutivo:

§ Presidente será Jefe de Estado y Jefe de Gobierno.

§ Gabinete dividido en dos: ministros por competencias y ministros por regiones.

§ Procurador depende directamente del Ejecutivo.

§ Incluir facultad de disolver el Congreso, pero poniendo su cargo a ratificación electoral.

Reformas al Legislativo:

§ Bicameralismo.

§ Senado elegido a nivel nacional.

§ Cámara Baja elegida a nivel regional, por distritos PLURI nominales.

§ Electos en segunda vuelta electoral.

§ Funciones de las dos cámaras conjuntas: aprobar presupuestos y convenios internacionales.

§ Eliminar capacidad para nombrar entes de control, sólo para posesionarlos.

§ Destitución del Presidente acarrea elecciones generales.

Distritalización:

§ División de provincias en distritos de 150 a 200 mil habitantes.

§ 2 o 3 diputados por distrito.

Sistema de partidos:

§ Democracia interna para elegir candidatos y directivas partidistas.

§ Revocatoria del mandato para directivas.

§ Rendición de cuentas de partidos.

§ Control de origen lícito e independencia de gestión del partido.

Reforma al ente electoral:

§ Cambia Tribunal en Corte Electoral: elección por concurso con ciudadanos independientes. Para juzgamiento de infracciones y gasto electoral.

§ Organismo organizador de elecciones: elegido por los partidos.

Revocatoria del Mandato:

§ Revisar el procedimiento.

§ Revisar las causales de destitución del Presidente.

§ Incluir facultad de eliminación mutua: Ejecutivo-Legislativo.

§ Quien reemplace al Presidente no puede nacer de la función que ocasionó su salida.

Reformas al Judicial:

§ Convertir el fuero militar y policial en salas de la Corte Suprema.

§ Crear una Defensoría Pública.

Reformas al Tribunal Constitucional:

§ Cambia Tribunal en Corte Constitucional.

§ Designación por concurso público con participación de gremios.

Reformas a la Fiscalía:

§ Fiscal General elegido por Consejo de la Judicatura.

§ Fiscalía dependiente de Función Judicial.

Elección de Entes de Control:

§ Creación de un ente para organizar concursos de méritos.

§ Elige de la terna un comité integrado por el Ejecutivo, el presidente del Senado y el presidente de la Cámara Baja.

Eje 3: Reorganización Territorial

  • Crear 7 regiones agrupando provincias.
  • Quito y Guayaquil son distritos metropolitanos.
  • Galápagos es distrito ambiental.
  • Consejos de gobierno regional con integración de prefectos provinciales y delegado del Ejecutivo, que preside en Consejo.
  • Consejos provinciales integrados por alcaldes.
  • Consejos municipales integrados por juntas parroquiales.

Eje 4: Nuevo modelo económico

Fines de la economía:

§ Mejorar la calidad de vida a toda dimensión.

§ Coexistencia de diversas formas de propiedad.

§ Garantizar libertad económica.

§ Fortalecer la soberanía nacional.

Sistema económico:

§ Economía solidaria.

§ Fomentar la economía “popular”.

§ Fomentar PYMEs.

§ Reconocer la calidad productiva del trabajo familiar.

§ Reconocer cuarto sector económico: el comunitario.

§ Reconocer derechos del consumidor.

§ Sistema económico sometido a principios constitucionales.

§ Participación ciudadana en el control de la economía.

Planificación:

§ Vinculante.

§ Consejo de Planificación.

§ A nivel nacional, regional, provincial y municipal.

§ Carácter participativo.

§ Determinar en Constitución el sistema de planificación.

Propiedad pública:

§ Propiedad exclusiva de sectores “estratégicos” enlistado de manera abierta.

§ Regulación de monopolios a nivel constitucional.

§ Permitir gestión mixta de sectores estratégicos.

Política Macroeconómica:

§ Eliminar autonomía del Banco Central.

§ Presupuesto del Estado será participativo.

Integración del Banco Central:

§ Gerente nombrado por el Presidente.

§ Directorio dependiente del Ejecutivo y de gerentes departamentales del BCE.

Modelo fiscal:

§ Definir claramente competencias de entes públicos para eliminar duplicidad.

§ Impuestos redistributivos a cargo del Estado central.

§ Reasignar competencias tributarias a entes seccionales en función de facilidad de cobro e identificación entre jurisdicciones seccionales.

§ Garantizar balance fiscal tanto vertical como horizontal.

§ Prohibir preasignaciones fiscales, fideicomisos y fondos separados del presupuesto.

§ Prohibir que Estado central garantice endeudamiento seccional.

Criterios de la Economía Solidaria:

§ Ambientalmente sustentable.

§ Garantía de soberanía alimentaria.

§ Calidad de producción de nivel internacional.

§ Generación de valor agregado tecnológico.

§ Uso de ahorro interno para impulso de inversión nacional.

§ Superar la prioridad de producción de materia prima.

§ Rentabilidad social más allá de rentabilidad financiera.

Para sus comentarios, queda abierto el debate: