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Ecuador ya no es un Estado Social de Derecho

Miércoles, 13 de Agosto de 2008

Mapa del Ecuador
Ecuador: Un Estado Social de Derecho

Ecuador, hasta 2008, se define como un Estado Social de Derecho. Eso está en el artículo 1 actual:

Art. 1.- El Ecuador es un estado social de derecho, soberano, unitario, independiente, democrático, pluricultural y multiétnico. Su gobierno es republicano, presidencial, electivo, representativo, responsable, alternativo, participativo y de administración descentralizada.

La soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es la base de la autoridad, que ejerce a través de los órganos del poder público y de los medios democráticos previstos en esta Constitución…

Estado Social de Derecho es una categoría creada hace muchos años para significar, fundamentalmente, dos cosas:

1. Que un país está sometido al dictado de la ley (y no al capricho de un individuo o grupo de). Por eso es Estado de Derecho.

2. Que ese país tiene un gobierno orientado a satisfacer las necesidades de la sociedad (vivienda, salud, educación). Por eso es Social.

Según Wikipedia, este concepto es originariamente alemán, donde se le llamó Socialztaat. Eso puede traducirse como Estado Social. En realidad, el decir Estado supone que estamos hablando de un país con normas.

Ahora, la definición Estado de Derecho es reemplazada por Estado constitucional de derechos y justicia. Esta definición se encuentra en la Constitución venezolana y en el proyecto boliviano aún pendiente de aprobación. Ya no se define al Estado junto al concepto de Derecho como “norma” sino junto al concepto Derecho como “atribución o garantía”. También dice que el Estado es consitucional de justicia. Se supone que la justicia se alcanza por los medios establecidos en el Derecho (como norma), pues no sería racional creer que uno puede lograr la justicia por mano propia.

Veamos otros adjetivos calificativos que le ponen al Estado:

Art. 1.- El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se boierna de manera descentralizada.

La soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la autoridad, y se ejerce a través de los órganos del poder público y de las formas de participación directa previstas en la Constitución.

Los recursos naturales no renovables del territorio del Estado pertenecen a su patrimonio inalienable, irrenunciable e imprescriptible.

Veamos uno por uno los adjetivos que le ponen al Estado:

  • El Ecuador es un Estado social. Bueno, aquí está el concepto alemán que queríamos.
  • El Ecuador es un Estado democrático. Tal como en la Constitución 1998.
  • El Ecuador es un Estado soberano. No veo cómo pueda cuestionarse eso.
  • El Ecuador es un Estado independiente. Ninguna novedad tampoco.
  • El Ecuador es un Estado unitario. Significa que no es federación, por ejemplo.
  • El Ecuador es un Estado intercultural. ¿Qué es un Estado intercultural? En la Constitución 1998, aparece como Estado pluricultural y multiétnico. Parece que estas palabras sí son adjetivos para un Estado.
  • El Ecuador es un Estado plurinacional. Aquí hubo fuerte debate. Luis Hernández recordó una demanda de un pueblo indígena que, argumentando llamarse nacionalidad, reclamaba el derecho a decidir si se instalaba un proyecto económico o no. Se puede prestar para manipulaciones. Personalmente, me gustaba la definición de la Constitución 1998: el Estado como tal se define como pluricultural y multiétnico, pero reconoce más adelante que los pueblos se denominan -ellos a sí mismos, con su concepto particular- como nacionalidades.
  • El Ecuador es un Estado Laico. Gracias a Dios, vuelve a aparecer este concepto que en la Constitución 1998 se cayó.

En la versión 2008 solo dice que se organiza como república y se gobierna de manera descentralizada. En la anterior, decía que: “Su gobierno es republicano, presidencial, electivo, representativo, responsable, alternativo, participativo y de administración descentralizada.”

Ambos textos dicen que la soberanía radica en el pueblo. Ambos dicen que esta soberanía es base de la autoridad y que tal soberanía popular se ejerce a través de los órganos estatales y con las formas de participación directa previstas en la Constitución. Palabras más palabras menos, no cambia mucho esto.

Es una novedad, eso sí, que en este artículo se diga que los recursos no renovables son patrimonio estatal. Parece que estos recursos son tan importantes para el Estado que son parte misma de su definición. Equivale a que si a usted le preguntan quién es, dijera no solo su nombre, su origen y su ocupación, sino que además dijera: “…Y además soy dueño de un carro XYZ” Es curioso que una definición tan materialista entrara en una constitución hecha por hippies.

En el artículo 1 de la Constitución pasada, se define al idioma oficial y a los símbolos patrios. Dejo este análisis para mañana, pues eso aparece en el artículo 2 de la versión 2008.

Nota final: Amigos lectores, no se asusten, no vienen 444 posts de análisis artículo por artículo. Solo desmenuzo así los primeros que son muy importantes y después iremos proponiendo los análisis por capítulos o secciones enteras, para ver la película completa.

Incautan Red Isaías-Tv y el Sí va adelante

Martes, 8 de Julio de 2008

Hoy a la madrugada, la AGD incautó los canales del grupo Isaías: TC Televisión, Gamavisión, Cablevisión, CN3, CD7, Grupo TvCable y las radios: TC Radio, Super K 800, Super K Universal. La incautación no resultó difícil, pues, como es de conocimiento público, el grupo Isaías burló por varios años la prohibición de acaparar frecuencias y eran tan caretucos como para tener todos esos medios en el mismo inmueble en Guayaquil y en varios inmuebles en Quito.

Aún la noticia no se desarrolla en detalle, pero por lo pronto, pensamos que las encuestas no deben ser tan parejas entre el Si y el No, pues de otro modo Correa no se arriesgaría a realizar una medida tan radical.

Seguimos informando…

Noticia según El Telégrafo.

Reforma a la Justicia

Martes, 17 de Junio de 2008

La Asamblea se alista a reformar la Función Judicial en los siguientes puntos:

  • La Corte Suprema de Justicia pasará a llamarse Corte Nacional de Justicia. Parece que eso de “suprema” o “super suprema” queda para las pizzas.
  • La Corte seguirá siendo de casación: no habrá tercera ni cuarta instancia.
  • La Corte tendrá una sala por materia: Civil, Penal, Laboral, Fiscal, Contencioso Administrativo y Niñez, eso da 6 salas. Actualmente la corte tiene 10 salas, para 5 materias: algunas materias tienen una sola sala (contencioso administrativo) y otras tienen hasta tres (civil).
  • Número de magistrados: 19 (3 por cada una de las 6 salas más un presidente). Actualmente: 31 (3 por cada una de las 10 salas más 1 presidente).
  • Tal vez la Corte se vaya a Cuenca. El pretexto: en Cuenca la administración de justicia es eficiente. No hay presos sin sentencia en sus cárceles.
  • Sobre la Corte Nacional no habrá órgano superior, pero se admitirá acción de amparo contra sentencias judiciales. ¿Una nueva instancia? Depende: habría que cambiar las leyes y los jueces para que el amparo sea muy difícil de solicitar en caso de sentencia y si está mal pedido, que sea rápidamente desechado.

Sobre la sede
Algunos abogados en Quito ya se han asustado: se quedarán sin camello si la Corte deja Quito. También se han asustado los burócratas de la propia Corte, no porque sus empleos estén en peligro, sino porque no les gustaría la idea de dejar de limarse las uñas en el edificio del Filanbanco para ir a un juzgado cualesquiera a atender a la ciudadanía de a pie.

El presidente de la Corte (guayaquileño) buscará apoyo del alcalde de Quito para que no cambien de sede la Corte.
Personalmente no creo que estar en Cuenca haga mejor a la Corte: no es el hecho de estar en esa ciudad lo que hace que se administre bien la justicia, sino que los jueces deben ser cuencanos. Aunque, es posible que la agilidad de la justicia cuencana se deba a que los secretarios, actuarios, amanuences y funcionarios cuencanos son más eficientes que los que trabajan en Quito. Si es así, entonces si la Corte no se va a Cuenca, debieran importar jueces y servidores judiciales desde dicha ciudad.

Sobre la elección de la Corte

La Corte de EE.UU. tiene 9 jueces. 31 magistrados en Ecuador es demasiado. Rafael Estévez ha argumentado que, cuando hay tantas salas para una misma materia, las sentencias son contradictorias. Ahora, el problema será que 19 personas no se abastezcan para juzgar tantos temas. Yo creo que sería conveniente en ese punto reformar la Ley de Casación para reducir la posibilidad de que una sentencia definitiva (en la Corte Provincial) suba en casación a la Corte Nacional.
Sobre la renovación de la Corte.

En el pasado, los jueces supremos duraban lo que el Congreso quería. Después de una reforma mediante consulta popular, el Congreso nombró una corte “por última vez” y dicha corte (la de 1997) se renovó a sí misma hasta que llegó Lucio en el 2004 y nos impuso la “Pichi Corte”.

Con la caída de Lucio, Pichi, Omar y demás, se reformó la Ley de la Función Judicial para realizar el concurso de merecimientos que instaló la actual “Corte Ideal”. El concurso fue llevado a cabo por una comisión puntual que actuó en aquella oportunidad y no volverá a actuar más.

Teóricamente, los magistrados actuales sólo dejarán de ser tales si:

  1. Se mueren,
  2. Cumplen 65 años, o
  3. Pierden la calidad de “probidad notoria”

La Corte instalada en 2006 ya ha tenido varias bajas, no por edad ni fallecimiento, sino por escándalos que les han hecho perder la probidad a los jueces expulsados. Ejemplo: Es el caso de Alfonso Zambrano P., a quien recordamos por el borbu-video en que se ve a su hijo negociar la sentencia que liberaría a Renán Borbúa de una condena que finalmente sí ocurrió.

Se propone reemplazar el método actual de cooptación por uno similar al concurso de méritos realizado en 2006. La diferencia es que la comisión se integrará por representantes de las funciones del Estado: Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Control Social y otro, para el desempate.

Con esto, los magistrados actuales están en una disyuntiva: ¿cómo defender la cooptación (que ellos aplican) si el sistema propuesto está inspirado en el método que los eligió?

César Rodríguez está empeñado en cambiar a la Corte. Los jueces supremos han dicho que eso es porque él tiene juicios pendientes que quiere que le resulten a su favor. Alberto Acosta ha dicho que lo último que haría en la vida sería cambiar a la Corte. Pero, si se aprueba la reforma que reduce los magistrados de 19 a 31, de ley tienen que salir algunos. Eso ha despertado el espíritu de cuerpo de la actual Corte “Ideal”, que hace lobbying en Montecristi para que se mantenga la corte actual con sus 31 magistrados.

¿Cómo pasar de 31 jueces a 19? Hay varias opciones: sorteo, concurso de merecimiento entre ellos, dejar a los 19 mejor calificados del concurso realizado en 2006, calificación de calidad y cantidad del trabajo realizado en estos casi 2 años, etc. Yo preferiría que sea cualquier sistema menos el de sorteo, porque mínimo y le ponen a César Rodríguez a sacar las bolitas…

Otro tema: Acosta le da largas a la amnistía de Gustavo Noboa

En contra del procedimiento seguido para otros casos, el presidente de la Asamblea ha devuelto el expediente de amnistía a la Mesa 10 junto con un informe de la deuda que llegó a su despacho el viernes. Parece que junto con ese informe, les pasó una encuesta que dice que la mayoría de la gente estaría en contra de esa amnistía.

Esto ya pasó de marrón a oscuro: Acosta debe seguir el trámite establecido, así no le guste, el expediente estaba listo para ser puesto en el orden del día. Por otro lado, desde cuándo la justicia depende de lo que diga la gente?

Una nota final

El IESS está tan mal, que es necesario que venga la Super de Bancos, para decirles que “dejen de poner números de cédulas inventadas…”

WTF!!!

Resolución de la OEA y lo que pide Ecuador

Viernes, 7 de Marzo de 2008

El Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos, teniendo en cuenta:

Que la Organización de los Estados Americanos (OEA) tiene plena competencia para conocer de hechos y acontecimientos que ponen en riesgo la paz y la seguridad hemisférica.

Que en los propósitos de la OEA constan, entre otros, el respeto a la personalidad, soberanía e independencia de los Estados, así como el fiel cumplimiento de las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes de derecho internacional.

Que el artículo 15 de la Carta de la OEA establece que “el derecho que tiene el Estado de proteger y desarrollar su existencia no lo autoriza a ejecutar actos injustos contra otros estados”.

Que el artículo 19 de la Carta prescribe que “ningún estado o grupo de Estados tiene el derecho de intervenir, directa o indirectamente, y sea cual fuere el motivo, en los asuntos internos o externos de cualquier otro. El principio anterior excluye no solamente la fuerza armada, sino también otra forma de injerencia o de tendencia atentatoria de la personalidad del Estado, de los elementos políticos, económicos y culturales que lo constituyen”.

Que el artículo 21 de la Carta enfatiza que “el territorio de un Estado es inviolable, no puede ser objeto de ocupación militar ni de otras medidas de fuerza tomadas por otro Estado, directa o indirectamente, cualquiera que fuere el motivo, aún de manera temporal”.

Que la Carta de la OEA, en su artículo 28, expresa que “toda agresión de un Estado contra la integridad o la inviolabilidad del territorio o contra su soberanía o la independencia política de un Estado americano, será considerado como un acto de agresión contra los demás Estados americanos;

Que la Carta de la Organización de los Estados Americanos reafirma el principio de que “las controversias de carácter internacional que surjan entre dos o más Estados americanos deben ser resueltas por medio de procedimientos pacíficos” y,

Que “afianzar la paz y la seguridad del continente” y “asegurar la solución pacífica de controversias que surjan entre los Estados miembros”, figuran entre los propósitos esenciales de la Carta de la OEA.

Considerando:

Que en la madrugada del sábado primero de marzo de 2008 fuerzas militares y efectivos de la policía de Colombia incursionaron en territorio del Ecuador, en la provincia de Sucumbíos, sin consentimiento expreso del gobierno del Ecuador para realizar un operativo en contra de miembros de un grupo irregular de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, que se encontraba clandestinamente acampando en el sector fronterizo ecuatoriano;

Que el hecho ocurrido constituye una violación de la soberanía y de la integridad territorial del Ecuador y de principios del derecho internacional;

Que este hecho ha producido una grave crisis entre estos dos países, provocando la ruptura de relaciones entre ambos Estados y una grave tensión en la región;

Que de acuerdo con el artículo 84 de la Carta, es función de la OEA velar por el mantenimiento de relaciones de amistad entre los Estados miembros, utilizando los procedimientos que esa misma Carta señala;

Que se cumplen en este caso los requisitos para la convocatoria a una reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores a la luz de los artículos 61 y siguientes de la Carta de la OEA.

Resuelve:

1. Reafirmar el principio de que el territorio de un Estado es inviolable y no puede ser objeto de ocupación militar ni de otras medidas de fuerza tomadas por otro Estado, directa o indirectamente, cualquiera fuera el motivo, aún de manera temporal.

2. Constituir una Comisión encabezada por el secretario general e integrada por cuatro embajadores designados por éste, que visite ambos países recorriendo los lugares que las partes le indiquen, eleve el correspondiente informe a la reunión de consulta de ministros de Relaciones Exteriores y proponga fórmulas de acercamiento entre ambas naciones.

3. Convocar, al amparo de lo dispuesto en los artículos 61, 62 y 63 de la Carta de la OEA, a una reunión de consulta de ministros de Relaciones Exteriores para el lunes 17 de marzo de 2008, en la sede de la OEA, con el fin de que examine los hechos y formule las recomendaciones pertinentes”.

Via: CRE Satelital.

Lo que pide Ecuador para terminar la crisis es:

El presidente ecuatoriano, Rafael Correa,  enumeró en Brasilia los pasos que considera necesarios para poner fin a la crisis con Colombia, incluyendo una condena de la OEA a su vecino y una disculpa  “sin tapujos” del presidente colombiano, Álvaro Uribe.

El primer frente de demandas del presidente ecuatoriano es con la comunidad  internacional y, concretamente, con la Organización de Estados Americanos (OEA) , a la que reclama:

1. “Que la OEA se pronuncie categóricamente rechazando la agresión de Colombia, ratificando la carta de la OEA y el derecho internacional que impide bajo ningún concepto la agresión a otro país”.

2. “Que envíe una comisión para verificar in situ (en el lugar) la agresión  y ahí sí, que la Asamblea de Cancilleres de la OEA condene a Colombia”.

3. “Que Uribe, sin tapujos, sin medias tintas, pida excusas a Ecuador”.

4. “Que (Uribe) se comprometa formal y firmemente a no repetir esas  acciones” (de permitir que tropas colombianas incursionen en territorio ecuatoriano).

5. “Que reconozca (Uribe) la ‘cantinflada’ y el montaje que armó para tratar de involucrar al gobierno de Ecuador con las FARC”.

Via: El Comercio.

Como se ve, se ha cumplido el punto UNO. El punto DOS se cumplió a medias: hay la comisión pero falta la condena. Esta condena a Colombia podría cumplirse el 17 de marzo, cuando la Reunión de Cancilleres conozca el informe que hará la comisión que visitará el lugar de los hechos.

Los puntos TRES al CINCO son para Uribe. La OEA no los puede conceder, sino Colombia.

Mi opinión: Uribe nunca se va a retractar ni se va a disculpar. Así que la normalización de relaciones deberá esperar al próximo gobierno… ecuatoriano o colombiano.

 

Jornadas Constituyentes en la PUCE

Miércoles, 6 de Junio de 2007

Esta semana, la Asociación Escuela de Economía de la Universidad Católica ha invitado a varios debates sobre la Asamblea Nacional Constituyente. El no haberme enterado de estos eventos en días anteriores me impidió avisar por este medio para que los interesados concurran.

LUNES 4:

Tema: Constituyentes y constituciones del pasado y evolución de Derechos Económicos Sociales y Culturales

Juan J. Paz y Miño, académico

Julio César Trujillo, miembro de la Comisión “Conesup”

Falté a esta jornada.

MARTES 5:

Tema: Participación Ciudadana

Galo Chiriboga,  candidato a asambleísta

Norman Wray, candidato a asambleísta

En este evento, los participantes se mostraron a favor de elaborar una constitución con amplia participación de los ciudadanos y con un texto que permita la participación y el gobierno de otras tendencias distintas a la que ahora está en el gobierno.

MIÉRCOLES 6:

Tema: Descentralización y nuevo orden territorial

Augusto Barrera, de Acuerdo País

Representante del Ministerio de Coordinación de Política Interna

JUEVES 7:

Tema: No se sabe, aún.

Fánder Falconí, secretario de Planificación

Diego Albornoz


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