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TSE en campaña virtual

Sábado, 15 de Septiembre de 2007

Este banner ha sido creado por el TSE para que cualquier persona lo agregue a su página personal. Es una invitación a votar, que además explica cómo hacer el voto sin anular la papeleta y cuántos votos puede hacer cada provincia:

Presidente no puede ser destituido por TSE

Martes, 11 de Septiembre de 2007

El Tribunal Supermo Electoral se basó en la siguiente norma de la Ley de Elecciones para destituir a 57 diputados:

Art. 155.- Serán reprimidos con la destitución del cargo y la suspensión de los derechos políticos por el tiempo de un año: (…)

e) La autoridad, funcionario o empleado público extraños a la Organización Electoral que interfiriere el funcionamiento de los organismos electorales.

Los diputados eran autoridades -aunque no funcionarios ni empleados públicos- que interfirieron en el proceso electoral de Consulta Popular.

Bajo el mismo argumento, ¿puede considerarse que el Presidente Correa interfiere en el proceso electoral y, en consecuencia, debe ser destituido?

Personalmente creo que no, por las siguientes razones:

1. Correa no hace campaña en sus horas de trabajo.- Hasta ahora, no hay evidencia de que haya invitado a votar por la lista 35 en los actos oficiales, sino solamente en los spots que pasa el TSE para promover a la lista 35, como se promueve a las demás listas.

2. Correa no busca IMPEDIR el proceso electoral.- Los diputados destituidos “reemplazaron” a Jorge Acosta por un vocal adicto a Sociedad Patriótica para que haya una nueva mayoría en el TSE para evitar la consulta popular. Buscar impedir la expresión del soberano es mucho más grave que permitir la elección, aunque se considere que se promocione “parcializadamente” a determinada lista.

3. La Constitución impide que el TSE pueda destituir al Presidente.- Como ya sostuve cuando a Lucio lo querían destituir por afiches enviados desde México, la Constitución es clara al señalar que son seis -y sólo seis- las maneras en que un Presidente de la República deja de ser tal:

Art. 167.- El Presidente de la República cesará en sus funciones y dejará vacante el cargo en los casos siguientes:

1. Por terminación del período para el cual fue elegido.

2. Por muerte.

3. Por renuncia aceptada por el Congreso Nacional.

4. Por incapacidad física o mental que le impida ejercer el cargo, legalmente comprobada y declarada por el Congreso Nacional.

5. Por destitución, previo enjuiciamiento político.

6. Por abandono del cargo, declarado por el Congreso Nacional

Tal vez alguien pueda creer que el Presidente está actuando de manera ilegal al aparecen en spots de la lista 35, pero el TSE tiene el criterio de que no hay violación a norma legal alguna, pues de otro modo no hubiese autorizado el pautaje de esos avisos televisivos.

En todo caso, sea o no la actuación de Correa una interferencia al proceso electoral, la Constitución no permite que el TSE destituya al Presidente, aunque sí pueda destituir a otras autoridades.

TSE niega participación a migrantes independientes

Jueves, 16 de Agosto de 2007

Previo a la consulta popular del 15 e abril, solicité autorización para hacer campaña a favor del Si en aquella consulta. Se negó este derecho por parte del TSE de la partidocracia.

Ahora han hecho lo mismo al prohibir la participación de un grupo independiente de candidatos en el exterior. A continuación reproduzco un post publicado en el Blog de Alianza Exterior:

Participacion de los independientes anulada por el TSE

La participación de los ciudadanos independientes en las próximas elecciones a la Asamblea Constituyente ha sido coartada por el pleno del Tribunal Supremo Electoral. Sus vocales, representantes de los partidos políticos tradicionales se han encargado de impedir la participación de los independientes.

En la ciudad de Barcelona, los tres movimientos independientes hemos sido descalificados argumentando que no cumplimos con el 1% de las firmas, cuando sí lo hicimos. Hemos apelado aquella ilegal resolución y nos contestan que es improcedente la apelación.

En España: el PSC se inscribió en Murcia, el PRE en Barcelona, Alianza País en Valencia, el Partido Libertad, en Madrid, en fin los partidos políticos han hecho en el exterior lo que están acostumbrados a hacer en el ecuador: repartirse el pastel a su antojo y con total impunidad

Y que pasó con los independientes: En Barcelona, Valencia y Murcia, que representan más del 50% de los votantes de la Zona2 (Europa) no hay ningún candidato independiente inscrito. Por qué? Porque el TSE ilegalmente nos ha impedido participar.

El Art 5 del reglamento para la presentación de firmas decía muy claramente que en caso de faltar firmas el TSE tenía que dar un plazo para completarlas; en el caso de los independientes ese plazo no se dio, además a los partidos políticos a mitad del proceso se les eximio de presentar firmas en el exterior si ya lo hacían en el Ecuador, otra injusticia pues únicamente los independientes tuvimos que recoger las firmas en el exterior.

Como ciudadano independiente, ex candidato a la Asamblea Constituyente por el movimiento ciudadano independiente “Alianza Exterior” y descalificado injustamente por el TSE, hago el llamamiento a ustedes compatriotas ecuatorianos residentes en el exterior, que antes de acudir a los recintos electorales mediten su voto, y eviten votar por los partidos políticos tradicionales, causantes de que cientos de miles de ecuatorianos hayamos tenido que emigrar.

Para los residentes en el Exterior el voto no es obligatorio, no existe multa de ningún tipo por no acudir a votar, y si al regresar al Ecuador, necesitan el certificado de votación para algún trámite, únicamente se acercan a cualquier oficina del TSE, y con solo mostrar su pasaporte y pagar el valor de la especie (3 dólares) tendrán su compProbante de votación.
Mi voto claramente es por los independientes, pero si en la región donde resido (Cataluña) han sido descalificados, no uno sino todos los independientes que nos inscribimos, por quien voto? Por los mismos de siempre? Pues va ser que no, ya que estaría entregando el poder a los mismos de siempre.

Conciudadano medita tu decisión antes de acudir a votar, y recuerda que en el exterior no estamos obligados a votar.
Atentamente:

Pedro Miguel Chávez Mora
Movimiento Ciudadano Independiente ALIANZA EXTERIOR.
miguel@alianzaexterior.com

Tema 1: Parte dogmática

Jueves, 26 de Julio de 2007

La propuesta del gobierno está dividida en 5 temas (4+1). El primero de ellos se refiere a la parte dogmática del texto constitucional. Esto significa aquellos artículos que nos hablan de la definición y fines del Estado y de nuestros derechos.

Algunas reformas importantes que el gobierno ha propuesto son:

* Enfatizar: Estado Laico.

Esto es bueno. Dentro de todos los adjetivos que tiene el Estado en el art. 1 de la Constitución (El Ecuador es un Estado Social de Derecho, democrático, pluralista, independiente, etc.), DEBE estar la palabra LAICO, para respetar la calidad del Estado. No puede haber preferencias en cuanto a religiones.

Llevar a la práctica este principio comienza por eliminar la presencia de autoridades clericales en ciertos organismos públicos. Por ejemplo, el Arzobispo de Quito integraba la junta consultiva de RR.EE. Recientemente, el presidente Correa ha comentado que la declaratoria de inconstitucional de las últimas reformas a la Ley Orgánica del Servicio Exterior elimina este miembro de dicha junta consultiva.

Otro paso más adelante sería eliminar la calidad de “madrina” de las FF.AA. y Policía que tiene la virgen del quinche (o alguna otra virgen), pues rechaza a la memoria de Alfaro que se le brinde agasajos con dineros de la seguridad nacional a una imagen religiosa, por muy venerable que sea.

* Propuesta: Protección de la familia.

El gobierno propone aumentar la definición de familia: además de la definición tradicional incluir la de familia mono-parental (el texto dice, erradamente, familia mono-”personal”) y la definición de familia ampliada producto de la migración.

* Equidad real en derechos sexuales y reproductivos.

Lamentablemente no hay detalle en cuanto a qué hace falta para llegar a la equidad real, pero creo que esto debe incluir educación en materia sexual para evitar embarazos de adolescentes.

* Extender derechos políticos a extranjeros

En otros países, los extranjeros que viven varios años en el país, pueden votar, pero sólo para elecciones seccionales. En la Unión Europea, un ciudadano europeo puede elegir (y ser elegido) en cuanto a elecciones cantonales se refiere.
El proyecto del gobierno no especifica en qué elecciones pueden participar los extranjeros o si hay un requisito de tiempo de vivir en Ecuador. Tampoco aclara si es posible que sean candidatos. Llegaremos a tener un presidente argentino?

* Ampliar la revocatoria del mandato a Presidente y VP

Es hacer justicia a una votación: en 1997 ya se ordenó introducir la figura de la revocatoria del mandato, pero la Asamblea escamoteó ese derecho para las dos dignidades máximas del gobierno central. Grave error.
La propuesta del gobierno nada dice acerca de aligerar los requisitos. Actualmente, si usted quiere impulsar una revocatoria del mandato tiene que reunir el 30% del Padrón electoral en firmas. Eso en una elección cantonal es muy difícil, peor en una nacional.
Veamos como ejemplo cómo se incendió -literalmente- la ciudad de Chone porque no había cómo revocar el mandato del alcalde Eliécer Bravo, por lo difícil de reunir tantas firmas.

* Control del gasto electoral

Financiación pública del gasto electoral, pero los partidos deben rendir cuentas de sus gastos. En cuanto a los regalos, se los prohíbe completamente.
Esta idea es buena, pero hace falta complementar con reglas para los aportes privados que, quiérase o no, van a existir y no es conveniente que no se regule. No es bueno cerrar los ojos a una realidad, sólo porque no nos gusta.

* Participación ciudadana

Mantener la posibilidad de iniciativa de leyes por grupos de ciudadanos. Mejorar la garantía de veedurías.

* Poder al Ejecutivo

Que el Presidente pueda convocar a cualquier tipo de consulta sin pasar por el Congreso. Esto debiera pensarse mejor, para evitar la “consultitis” de la cual fueron víctimas (o victimarios) Sixto y Alarcón. Para evitar esto, la Constitución actual prevé aprobación del Congreso para ciertas preguntas (las de reforma constitucional).

* Cambio a la redacción en derechos de: propiedad, trabajo, comunicación y grupos vulnerables.

Sobre esto la propuesta es vaga, pero creo que hay que poner mucha atención para evitar que se cuele alguna definición peligrosa de propiedad “con fin social” o de trabajo “como fuente de creación de riqueza”.

* Protección al ecuatoriano

Actualmente, es prohibido extraditar a un ecuatoriano, como, por ejemplo, Uribe extradita a colombianos para ser juzgados en EE.UU.
El gobierno plantea, ahora, ampliar esa protección para que, si un ecuatoriano comete un delito en el extranjero, sea juzgado en Ecuador. Esta idea yo la califico de “extraterritorialidad” de nuestro Derecho Penal. Veamos qué país quisiera aceptar enviar a un ecuatoriano a ser juzgado fuera del país donde cometió el delito. Recuérdese los delitos cometidos por algunos ecuatorianos en España.

* Poder real al Defensor del Pueblo.

Hacer que sus pronunciamientos sean obligatorios en áreas de su competencia.

Reforma propuesta por el Gobierno al Conesup

Lunes, 9 de Julio de 2007

RESUMEN DE LA PROPUESTA DE REFORMA ENTREGADA POR EL GOBIERNO AL CONESUP

Fines del Estado:

  • Coordinar y regular la economía
  • Redistribuir la riqueza
  • Justicia e igualdad social

La propuesta se basa en 4 ejes:

  • Ajuste de la parte dogmática
  • Reforma Política
  • Reordenamiento Territorial
  • Modelo de Desarrollo Económico

Eje 1: Ajuste de parte Dogmática

Criterios iniciales:

§ Menciona que el objetivo es poner al modelo constitucional ecuatoriano “al nivel de los últimos desarrollos teóricos sobre la materia”

§ Recita que se acepta sólo dos dimensiones de derechos: dimensión subjetiva (titular: la persona) y objetiva (institucional)

Estado Laico:

§ Poner en el artículo 1: “El Ecuador es un estado (…) laico…”

Efecto del Estado Laico:

§ Capacidad del Estado para incluir en currículos escolares los principios del laicismo y respeto a la diversidad

Rol de la familia en la sociedad:

§ Define a la familia como “espacio determinante de socialización de las personas”

Amplia las definiciones de la familia para incluir:

§ “familia formada por mujeres cabeza de hogar”

§ “familia mono-personal”

§ “familia ampliada por migración”

§ Propone equidad REAL entre hombres y mujeres en cuanto a vida sexual y reproductiva.

 

§ Normar la paternidad y maternidad responsables.

 

 

Extender los derechos de participación política a extranjeros.

§ Para ello, ha de establecerse nuevas definiciones:

§ Nacionalidad: pertenencia a un Estado o territorio

§ Ciudadanía: capacidad de ejercer derechos políticos

§ Ampliar la revocatoria del mandato a Presidente y Vicepresidente

 

Reglas para financiamiento de campañas electorales:

§ Principios: igualdad y equidad.

§ Financiación pública.

§ Prohibición de regalos y dádivas.

§ Veeduría ciudadana sobre presupuestos y gastos electorales.

Mecanismos de Democracia Participativa:

§ Iniciativa legislativa ciudadana.

§ Deliberación pública:

§ Consulta pública de políticas

§ Observatorios de políticas

§ Fuerza vinculante en consulta popular:

§ Dar al Presidente capacidad para convocar a consulta popular sobre cualquier tema sin permiso del Congreso.

§ Veedurías sociales:

§ Integrar veedurías a procesos institucionales de rendición de cuentas.

§ Elaboración participativa de presupuestos y planificación.

§ Derecho a impugnar en concursos de méritos sin necesidad de ser agremiado.

§ Acceso a información pública: pide crear un mecanismo coercitivo para reclamar info pública.

Cambios al derecho de propiedad:

§ Carácter inalienable, imprescriptible e inembargable de recursos naturales no renovables.

§ “ampliar este derecho para crear una sociedad de productores y propietarios”

§ Definir la propiedad familiar, comunitaria y asociativa.

§ Regulación “amplia y completa” de estas formas de propiedad.

Derecho al trabajo:

§ Eliminar empleo precario,

§ Reconocer en la Constitución que el valor del trabajo es el productor de renta y plusvalía.

§ Derecho a la estabilidad, salario justo e igualdad de ingresos por igual trabajo hecho.

§ “Reformular estructuralmente” la tercerización.

Derecho a la vivienda:

§ Incluir plan de gobierno: obligación estatal de construir y mejorar viviendas, alquiler de vivienda fiscal, albergues para los sin techo, sanciones para el no explotación de inmuebles e incentivos tributarios para compra de vivienda destinada al alquiler.

Empresas públicas:

§ Concepto de rentabilidad social.

§ Admite gestión mixta de sectores estratégicos.

Derecho a la comunicación:

§ Agregar la calidad de “proceso social” generador de cultura.

§ Establecer política pública de comunicación.

§ Garantía de acceso, uso y apropiación social de TICs

Derechos indígenas:

§ Ajustar definiciones constitucionales al Convenio 169 OIT y al Proyecto de Declaración de Derechos Indígenas.

Grupos vulnerables:

§ Cambiar la palabra vulnerable por “de atención prioritaria”.

Garantías constitucionales no-jurisdiccionales:

§ Impedir prisión perpetua

§ No admitir extradición de ecuatorianos.

§ Propone juzgar en Ecuador a ecuatorianos que cometan delitos en el exterior.

Garantías constitucionales jurisdiccionales:

§ Ampliar alcance del amparo a acciones u omisiones de particulares que desempeñen funciones públicas.

§ Cambiar “Demanda” de inconstitucionalidad por “Acción”

§ Incorporar: excepción de inconstitucionalidad, cuestión de inconstitucionalidad, acción popular y de grupo y acción de protección de derechos étnicos y culturales.

Defensor del Pueblo:

§ Su criterio será vinculante en áreas de su competencia.

Eje Extra: Estructura del Estado y Entes públicos

§ Propone que haya definición clara de competencias públicas y privadas: todo ente que reciba ingresos públicos (tributarios o no) ha de ser ente público.

§ Eliminar fuga del Derecho Administrativo.

§ Revisar la descentralización por colaboración (eliminar Fundaciones y corporaciones municipales).

§ Eliminar negocios privados: poner notarías y registros a cargo de Función Judicial.

Eje 2: Reforma Política

Reformas al Ejecutivo:

§ Presidente será Jefe de Estado y Jefe de Gobierno.

§ Gabinete dividido en dos: ministros por competencias y ministros por regiones.

§ Procurador depende directamente del Ejecutivo.

§ Incluir facultad de disolver el Congreso, pero poniendo su cargo a ratificación electoral.

Reformas al Legislativo:

§ Bicameralismo.

§ Senado elegido a nivel nacional.

§ Cámara Baja elegida a nivel regional, por distritos PLURI nominales.

§ Electos en segunda vuelta electoral.

§ Funciones de las dos cámaras conjuntas: aprobar presupuestos y convenios internacionales.

§ Eliminar capacidad para nombrar entes de control, sólo para posesionarlos.

§ Destitución del Presidente acarrea elecciones generales.

Distritalización:

§ División de provincias en distritos de 150 a 200 mil habitantes.

§ 2 o 3 diputados por distrito.

Sistema de partidos:

§ Democracia interna para elegir candidatos y directivas partidistas.

§ Revocatoria del mandato para directivas.

§ Rendición de cuentas de partidos.

§ Control de origen lícito e independencia de gestión del partido.

Reforma al ente electoral:

§ Cambia Tribunal en Corte Electoral: elección por concurso con ciudadanos independientes. Para juzgamiento de infracciones y gasto electoral.

§ Organismo organizador de elecciones: elegido por los partidos.

Revocatoria del Mandato:

§ Revisar el procedimiento.

§ Revisar las causales de destitución del Presidente.

§ Incluir facultad de eliminación mutua: Ejecutivo-Legislativo.

§ Quien reemplace al Presidente no puede nacer de la función que ocasionó su salida.

Reformas al Judicial:

§ Convertir el fuero militar y policial en salas de la Corte Suprema.

§ Crear una Defensoría Pública.

Reformas al Tribunal Constitucional:

§ Cambia Tribunal en Corte Constitucional.

§ Designación por concurso público con participación de gremios.

Reformas a la Fiscalía:

§ Fiscal General elegido por Consejo de la Judicatura.

§ Fiscalía dependiente de Función Judicial.

Elección de Entes de Control:

§ Creación de un ente para organizar concursos de méritos.

§ Elige de la terna un comité integrado por el Ejecutivo, el presidente del Senado y el presidente de la Cámara Baja.

Eje 3: Reorganización Territorial

  • Crear 7 regiones agrupando provincias.
  • Quito y Guayaquil son distritos metropolitanos.
  • Galápagos es distrito ambiental.
  • Consejos de gobierno regional con integración de prefectos provinciales y delegado del Ejecutivo, que preside en Consejo.
  • Consejos provinciales integrados por alcaldes.
  • Consejos municipales integrados por juntas parroquiales.

Eje 4: Nuevo modelo económico

Fines de la economía:

§ Mejorar la calidad de vida a toda dimensión.

§ Coexistencia de diversas formas de propiedad.

§ Garantizar libertad económica.

§ Fortalecer la soberanía nacional.

Sistema económico:

§ Economía solidaria.

§ Fomentar la economía “popular”.

§ Fomentar PYMEs.

§ Reconocer la calidad productiva del trabajo familiar.

§ Reconocer cuarto sector económico: el comunitario.

§ Reconocer derechos del consumidor.

§ Sistema económico sometido a principios constitucionales.

§ Participación ciudadana en el control de la economía.

Planificación:

§ Vinculante.

§ Consejo de Planificación.

§ A nivel nacional, regional, provincial y municipal.

§ Carácter participativo.

§ Determinar en Constitución el sistema de planificación.

Propiedad pública:

§ Propiedad exclusiva de sectores “estratégicos” enlistado de manera abierta.

§ Regulación de monopolios a nivel constitucional.

§ Permitir gestión mixta de sectores estratégicos.

Política Macroeconómica:

§ Eliminar autonomía del Banco Central.

§ Presupuesto del Estado será participativo.

Integración del Banco Central:

§ Gerente nombrado por el Presidente.

§ Directorio dependiente del Ejecutivo y de gerentes departamentales del BCE.

Modelo fiscal:

§ Definir claramente competencias de entes públicos para eliminar duplicidad.

§ Impuestos redistributivos a cargo del Estado central.

§ Reasignar competencias tributarias a entes seccionales en función de facilidad de cobro e identificación entre jurisdicciones seccionales.

§ Garantizar balance fiscal tanto vertical como horizontal.

§ Prohibir preasignaciones fiscales, fideicomisos y fondos separados del presupuesto.

§ Prohibir que Estado central garantice endeudamiento seccional.

Criterios de la Economía Solidaria:

§ Ambientalmente sustentable.

§ Garantía de soberanía alimentaria.

§ Calidad de producción de nivel internacional.

§ Generación de valor agregado tecnológico.

§ Uso de ahorro interno para impulso de inversión nacional.

§ Superar la prioridad de producción de materia prima.

§ Rentabilidad social más allá de rentabilidad financiera.

Para sus comentarios, queda abierto el debate:

Ventaja de la Lista 35

Domingo, 1 de Julio de 2007

Primera ventaja: Publicidad excesiva del gobierno

Reportes de prensa citan a la compañía Infomedia para señalar que, en lo que va del gobierno, la administración Correa ha gastado más de un millón de dólares en publicidad. De lo que recuerdo, el gobierno ha promocionado las siguientes obras/políticas/canciones:

* Duplicación del bono de desarrollo humano

* Canción Patria

* Duplicación del bono de la vivienda

* Campaña contra el dengue

* Brigadas de médicos especialistas del Ministerio de Salud

* Nombres de los contribuyentes en la página web del SRI.

* Campaña por el Sí en la Consulta Popular.

* Obligación legal de contratar trabajadores discapacitados.

* Evaluación Aprendo del Ministerio de Educación.

Esta es la nota de El Diario. La nota de El Universo es más completa, pues entrevista a expertos en marketing que señalan que la inversión en publicidad es tan alta como la que una empresa invierte para lanzar un producto y casi el doble de lo invertido por un candidato en campaña electoral.

Además, El Universo nos recuerda qué no más se puede hacer con un millón de dólares:

“OBRAS: Con $ 1’022.030

1.022 Bonos para mejorar igual número de casas de la zona rural del país, 681 bonos para restauraciones en la ciudad o 284 para hacer casas nuevas.

204 Préstamos del crédito 555: 5.000 dólares a 5 años y al 5% de intereses podría entregar el Gobierno.

50% de los dos millones de dólares que se necesitan para cubrir la emergencia vial en El Oro, según la Dirección del Ministerio de Transporte.

1,2 millones de dólares había comprometido el Gobierno al Instituto Geofísico para reponer sus equipos dañados en la erupción del volcán Tungurahua el año pasado.

6 albergues podrían construirse en las zonas de Chimborazo y Tungurahua, que fueron afectados por el proceso eruptivo del volcán.

1 millón de dólares necesita el Consejo de la Cinematografía para proyectos. Se los darán a fin de año de la Cuenta Especial para Reactivación Productiva y Social.”

Además de descuidar ciertas actividades para gastar dinero en propaganda, el gobierno puede infuir -con tanto dinero- en la política editorial de medios de comunicación pequeños (radios, principalmente) que tienen una endeble separación entre los departamentos de noticias y de ventas.

Pero el mayor problema es que la música, los colores y las voces hacen al público relacionar la obra del gobierno con los candidatos de la lista 35. Menester es recordar que las obras del gobierno no se deben únicamente a los miembros del movimiento Patria Altiva “i” Soberana, sino que incluye el esfuerzo de independientes (como la ministra de Turismo) y hasta afiliados a la Izquierda Democrática (el ministro de Educación).

Para garantizar la imparcialidad del proceso electoral, el TSE debe obligar al gobierno a suspender la propaganda para no dar una ventaja injusta a la lista 35 por sobre otras listas. Esta influencia indebida puede interpretarse como “obstaculizar la transparencia del proceso electoral”. La última vez que alguien quiso interferir en el proceso electoral, 57 diputados fueron destituidos y dejados sin derechos políticos por ello.

Quizá hasta Jorge Acosta podría hacer realidad el deseo de Rafael Correa de dejar la presidencia.

Segunda ventaja: Desfile de candidatos junto a Correa

Casi nunca puede un candidato inaugurar obras. Pero cuando el candidato fue ministro del gobierno de la Revolución Ciudadana, la situación puede cambiar.

En lo que va de la campaña, Alberto Acosta estuvo en la inauguración de la presa San Francisco, Trajano Andrade estuvo en la puesta de la primera piedra del Complejo Eloy Alfaro, donde tendrá lugar la Asamblea Constituyente y, aunque el Presidente Correa ha dicho que no le parece bien, se anuncia que estará Valerio Estacio en el lanzamiento de la tarifa popular de la electricidad. El evento se realizará en una de las invasiones lideradas por Estacio.

La excusa que Rafael Correa dio en la cadena radial del sábado pasado es que la constructora del proyecto San Francisco (Odebrecht) había invitado a Acosta. Lo que no dijo es que tal vez la constructora lo hizo para crear motivo de crítica contra el gobierno, así como, según Correa, los campesinos que protestan contra las concesiones mineras están ayudando a sus propios verdugos:

La excusa que se dio para la presencia de Trajano Andrade en Montecristi es que la idea del Proyecto Ciudad Alfaro fue de Andrade y que el prefecto socialcristiano había invitado a Andrade a la sesión solemne. No veo por qué de invitado, Andrade pasó a dar discurso:

Mónica Chuji, también candidata, aparece en Manabí hablando del canal estatal:

Finalmente, se dice que es imposible no darle micrófono a Valerio Estacio en una cooperativa que él mismo promovió. Lo que no se dijo es que el lanzamiento de la tarifa popular se puede realizar en cualquier otro sitio, pero decidir lanzarla en Guayaquil es una forma velada de promoción del candidato Estacio.

El gobierno debe dejar de invitar a candidatos a sus eventos y, si no hay más remedio que estén, no deben dar discursos ni aparecer en las fotos.

Por cierto, todas las fotos que aparecen en este post fueron publicadas por la Presidencia en Flickr.

Qué es el método “De Hare” o cociente natural

Sábado, 16 de Junio de 2007

Ahora que sabemos que el Tribunal Supremo Electoral aprobó como método de reparto de escaños el método de Cociente Natural, creo prudente que conozcamos que diablos quiere decir eso. Aquí la definición (según el link):

También conocido como Cociente de Hare, en honor a Thomas Hare, quien en su libro “La Maquinaria de la Representación”, publicado en 1857, propuso su utilización conjuntamente con el Sistema del Voto Unico Transferible. Se obtiene dividiendo el número total de votos válidos a tomar en cuenta entre el número de puestos a adjudicar en la circunscripción correspondiente. Usamos la expresión: “votos válidos a tomar en cuenta”, y no simplemente la de “votos válidos”, porque algunas legislaciones realizan el cálculo del cociente sobre la base de una parte de los votos; por ejemplo: en el caso italiano, para la segunda distribución a nivel nacional, se obtiene el cociente dividiendo la suma de los votos restantes durante el primer reparto entre los puestos no adjudicados en el mismo; además sólo entran en esta operación los votos de los partidos que han superado la barrera electoral (300.000 votos y un puesto en la distribución al nivel de circunscripciones).

COCIENTE NATURAL= VOTOS / PUESTOS

Ha sido denominado cociente natural porque corresponde al número de votos que en perfecta proporcionalidad debería recibir una lista de candidatos por cada puesto que se le adjudique. Representa el costo en votos que proporcionalmente debe tener cada cargo. Este cociente sirve de base para la distribución de cargos restantes a nivel nacional en Italia, como ya se indicó, y para la distribución de puestos según los votos por lista a nivel nacional en Alemania, donde se usa la llamada fórmula de Niemeyer que es una forma abreviada del sistema de los restos más altos con base en el cociente natural. También se recurre a este cociente en Venezuela para la adjudicación a nivel nacional de diputados y senadores adicionales. El cociente natural presenta el problema que a consecuencia de que la votación efectiva de las diferentes listas rara vez es un múltiplo exacto del cociente, casi siempre su aplicación deja votos sobrantes (restos) y puestos sin distribuir.

Vía: Ecuador Elige

Entendiendo el Estatuto, parte 1

Miércoles, 16 de Mayo de 2007

1. Las potestades de la Asamblea Constituyente.

La Asamblea tiene que hacer únicamente aquello que el soberano le ordenó.

-Ratito, qué le ordenó el soberano?

El pueblo ecuatoriano aprobó esta pregunta:

¿Aprueba usted, que se convoque e instale una Asamblea Constituyente con plenos poderes de conformidad con el Estatuto Electoral que se adjunta, para que transforme el marco institucional del Estado y elabore una nueva Constitución?

-Para qué existe la Asamblea Constituyente?

Para 2 cosas: transformar el marco institucional del Estado y elaborar una nueva Constitución.

-Puede hacer algo más?

No.

-Ok, entiendo la parte de elaborar la Constitución pero… qué “radios” es el marco institucional del Estado y cómo lo va a transformar?

El Diccionario Jurídico del Tecnológico de Moterrey dice que “institución” es: “Cada una de las organizaciones fundamentales de un Estado, como república, monarquía , o democracia” Los anónimos escritores de Wikipedia dicen que: “Las instituciones son estructuras y mecanismos de orden social y cooperación que gobiernan el comportamiento de un grupo de individuos (que puede ser reducido o coincidir con una sociedad entera)”.

Yo recuerdo que en alguna clase dijeron que una institución es una creación de la ley (en general, de la norma jurídica) para el ejercicio de un derecho o potestad.

Ejemplos: la Función Ejecutiva es una Institución. El IESS es otra. Pero no siempre una institución jurídica es un ente público con edificio, burócratas y todo eso. Una institución es el derecho a la libre asociación. O la descentralización de competencias. O la donación de un porcentaje de impuesto a la renta a entes seccionales o académicos.

Entiendo que “marco institucional” es el conjunto de instituciones y cada una de ellas.

Entonces el trabajo de la Asamblea puede incluir cambios a estas instituciones. Puede ordenar que los juicios sean orales, establecer que el Consejo Directivo del IESS sea elegido por votación de los afiliados o que la donación de un porcentaje de impuesto a la renta sea sólo a un ente público (municipio) y no a uno privado (fundación).

- Algún comedido dijo en el Blog de Simón Pachano que la “transformación al marco institucional” iba a ser inmediata y, en cambio, la reforma a la Constitución dependía de un referéndum.

Ese comedido soy yo. Y me equivoqué. El artículo 1 del Estatuto dice clarito:

ARTÍCULO 1.- DE NATURALEZA Y FINALIDAD DE LA ASAMBVLEA CONSTITUYENTE. La Asamblea Constituyente es convocada por el pueblo ecuatoriano y está dotada de plenos poderes para transformar el marco institucional del Estado, y para elaborar una nueva Constitución, la Asamblea Constituyente respetará, profundizando en su contenido social y progresivo, los derechos fundamentales de los ciudadanos y ciudadanas. El texto de la Nueva Constitución será aprobado mediante Referéndum Aprobatorio.

La transformación del marco institucional del Estado y la nueva Constitución, solo entrarán en vigencia con la aprobación en referéndum, de la nueva Constitución.”

No queda duda, entonces, que sin aprobación en referéndum, nada de lo trabajado por la Asamblea se aprueba.

- O sea que el referéndum aprobatorio va a ser una sábana más grande que el Estatuto y que los candidatos a asambleístas, con todito el texto de la nueva Constitución y con todos los cambios institucionales que se les ocurra a estos boniticos?

Bueno, con esa pregunta ya se reveló que usted es bien quiteño/a (por lo de “boniticos”).

Pero ya en el fondo, la verdad no sé.

En teoría, cualquier referéndum que se precie de ser tal debe contener el texto exacto de la reforma a ser aprobada por el soberano. Toda la sábana.

Pero la solución más práctica sería sólo preguntar si se aprueba la Constitución y si se aprueba la transformación institucional. Me parece un desperdicio de papel tanta impresión, sabiendo que nadie va a sentarse frente a la urna a leer todito.

Además, ya hay precedente: en 1977, el Tribunal Supremo del Referéndum convocó a votar entre la Constitución de 1946 y la en-ese-entonces-nueva de 1977. El texto de la papeleta sólo consistió en la pregunta, no en los dos proyectos de constitución (Registro Oficial No. 483, de 14 de diciembre de 1977). Ese referéndum se realizó el 15 de enero de 1978, pero la Constitución asomó en el Registro Oficial recién con la promulgación de resultados, el 12 de abril de 1978 (Registro Oficial No. 564).

- Pero ahí estabamos en dictadura, ahora no hay como hacer lo que quiera. El artículo 283 de la Constitución dice que para referéndum se pondrán en consideración del electorado textos concretos de reforma constitucional. O sea que nadie le salva de imprimir papeletas en king-size. (Para que vea que vine leyendo).

Pero lea completo. Ese artículo explica cómo ha de procederse con reformas constitucionales que sean consultadas al pueblo por el Presidente (por sí sólo o con autorización del Congreso, según el caso):

“Art. 283.-El Presidente de la República, en los casos de urgencia, calificados previamente por el Congreso Nacional con el voto de la mayoría de sus integrantes, podrá someter a consulta popular la aprobación de reformas constitucionales. En los demás casos, la consulta procederá cuando el Congreso Nacional no haya conocido, aprobado o negado las reformas en el término de ciento veinte días contados a partir del vencimiento del plazo de un año, referido en el artículo anterior.
En ambos eventos se pondrán en consideración del electorado textos concretos de reforma constitucional que, de ser aprobados, se incorporarán inmediatamente a la Constitución.”

Como estamos siguiendo un camino no previsto en la Constitución, el de Asamblea instalada ex-profeso y es la Asamblea la que pregunta al soberano, no veo por qué tenga que sujetarse a lo que dice el artículo 283.

Es como que al haber aprobado la consulta del 15 de abril hubiésemos aprobado ir por un “atajo” de reforma constitucional, donde no se aplican las normas de la vía normal de reforma constitucional.

- Oiga… “Doctor Estatuto”, va a seguir respondiendo preguntas sobre las reglas de la Asamblea?

No sé. Eso depende de los lectores.

Primeras propuestas para la Asamblea

Domingo, 29 de Abril de 2007

Ya comienzan a llegar las propuestas de reforma a los medios, luego de varios meses de trabajo de la Comisión del CONESUP.

Revisemos algunas de las propuestas que se han hecho públicas en días pasados.

1. Propuesta de AER Guayas:

  •  Garantizar la prohibición de que el Estado regule, en cualquier sentido, la libertad de expresión y que los medios se guíen por los códigos de ética de sus propias agrupaciones:

“…el Estado reconocerá y garantizará a las personas lo siguiente.

“…El derecho a la comunicación y a fundar medios de comunicación social y a acceder en iguales condiciones a frecuencias de radio y televisión. El Estado no podrá, bajo ningún concepto, ni en forma de crear mecanismos, ni sistemas de regulación, intervención, control o censura de los contenidos o características de la información de los medios de comunicación social de carácter privado. El Estado reconoce el ámbito de autorregulación ética de los medios de comunicación por medio de sus propios códigos deontológicos”.

  • Que se cambie la  Constitución para hacer de obligatorio cumplimiento el resultado de toda consulta popular.
  • Que el TSE sea integrado por vocales con los mismos requisitos que para juez de la CSJ. No deberán tener el afiliación partidista por lo menos en los últimos 10 años.
  • Que se implemente la autonomía con competencia para:“legislar, administrar los recursos, originar y distribuir los tributos en su jurisdicción y bajo su competencia.”
  • Que el voto sea obligatorio sólo para consulta popular y facultativo en los demás procesos.
  • Que el Congreso sea bicameral: “Está probado el desgaste que ha sufrido la función legislativa en la historia constitucional del Ecuador, cuando utilizó el sistema de una sola cámara y que constan en apenas cinco Constituciones de las 18 en mención, me refiero a las de 1830, 1850, 1945, 1978 y 1988.”
  • Requisito para ser congresista: educación media para diputado y educación superior para ser senador.

2. Propuesta de Corporación Guayas:

  •  Que se consagre la autonomía administrativa por regiones, con las siguientes competencias:

Autonomía política o gubernativa: Cada gobierno subnacional o seccional debe contar con autoridades elegidas democráticamente.

Autonomía administrativa: Cada gobierno subnacional  debe alcanzar la  capacidad de administrar  competencias con los recursos necesarios  y de  acuerdo a su realidad.

Autonomía normativa: Cada gobierno subnacional debe tener la facultad  de dictar normas ordinarias, leyes o resoluciones comunes (civiles, comerciales, etc.) para realizar actividades locales y resolver sobre ellas, así como el poder para privatizar o desregular empresas, institutos o actividades.

Autonomía fiscal: Cada gobierno subnacional  debe tener  el poder de cobrar los impuestos necesarios para obras y servicios públicos a nivel local, cediendo a autoridades nacionales parte de lo recaudado, para obras y servicios genuinamente públicos.

  • Que el voto sea facultativo.
  • Que la elección de candidatos tenga democracia interna en los partidos: elecciones primarias.
  • Elección por distritos electorales: Un diputado por cada 200.000 habitantes, superando la división provincial de los diputados. Cada distrito elige un diputado, con lo que la elección es uninominal y gana el más votado.
  • Reducir el Estado central a pocas competencias: Seguridad exterior,  endeudamiento externo, política exterior  y política económica.
  • Distribución equitativa de recursos de organismos nacionales: becas, cupos al servicio exterior, etc.
  • Sedes de las funciones del Estado descentralizadas: Poder Ejecutivo en Quito, Poder Legislativo en Guayaquil y Poder Judicial en Cuenca.
  • Despartidización de organismos de control: Que sean designados por concurso de méritos  y oposiciones.
  • FF.AA. dedicadas sólo a seguridad, dejando sus tareas empresariales.
  • Servicio militar no obligatorio.
  • Hacer práctica la libertad de asociación, eliminando las leyes que obligan a asociarse a Cámaras de la producción.
  • Eliminar los fueros especiales para policías y militares.
  • Libre elección de la seguridad social.
  • Cuota regional proporcional en el servicio exterior.
  • Liquidación territorial del presupuesto.

3. Propuesta de candidatos de PSP en Guayas:

Los candidatos Dolores Vélez y Rafael Estéves proponen:

  • Eliminar el fuero policial y militar.
  • Permitir la reelección presidencial inmediata.
  • Otras ideas en salud (no especifica).

4. Propuesta de trabajadores petroleros:

Augusto Tandazo y Diego Delgado serán candidatos por los empleados de Petroecuador. Proponen modernizar la refinería y acabar con la importación de derivados.

Mi comentario sobre las propuestas:

AER Guayas quiere asegurar la libertad de comunicación, lo cual en principio está bien, pero lamentablemente la regulación a cargo de los propios gremios (de radio, televisión y prensa) puede prestarse a un juzgamiento no-imparcial, sea por espíritu de cuerpo o por afán de castigo a la competencia. Con los cuestionamientos que han recibido las directivas de AER Nacional y AECTV, ¿cómo esperar un juzgamiento imparcial?

La Corporación Guayas basa su propuesta en un documento elaborado por varias intituciones “pro autonomía” de Latinoamérica: Seminario El Autonomista (Manabí), Movimiento Libertario, Prefectura Departamental de Santa Cruz de la Sierra (Bolivia) y Asociación Rumbo Propio para Zulia (Venezuela).Su dirección, por si acaso: José Mascote No. 901 y Av. 9 de octubre, Ed. Anglo, 3er. piso, mcastro@corpoguayas.com.

En el caso de la viuda de un desaparecido en el caso Fybeca y su abogado. Es triste ver cómo han sido utilizados por el político que fue presidente cuando ocurrió el suceso (19 de noviembre de 2003) y que no sólo evitó sancionar a los policías involucrados, sino que los ascendió sin pudor. El entonces Presidente Gutiérrez firmó una defensa del Estado ante la Corte Interamericana de DD.HH. argumentando que el caso Fybeca ocurrió por la violencia de la ciudad, aunque no cerró las puertas a una indemnización.

Los trabajadores petroleros proponen ideas lógicas, pero que nada tienen que ver con la Constitución,  ¿será que en realidad van para asegurar que no se deroguen los contratos colectivos y sus canonjías?

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