Un Triunfo Para la Libertad de Conciencia
Escrito por: mvacaParece que en el Ecuador hemos dado un paso adelante en el respeto a los derechos individuales. Este miércoles 27 de junio se publicó en el RO suplemento la resolución Nro. 035-2006 TC, mediante la cual el Tribunal Constitucional declara la inconstitucionalidad de los Arts. 88 y 108 de la Ley de Servicio Militar Obligatorio y el Art. 93 de su Reglamento.
En el Ecuador el servicio militar es obligatorio, así lo dispone el Art. 188 de la Constitución Política del Ecuador (CPE), el cual también dice que el ciudadano que invocare una objeción de conciencia fundada en razones morales, religiosas o filosóficas, será asignado a un servicio civil o a la comunidad, en la forma que determine la ley.
Y ¿Qué determina la Ley de Servicio Militar Obligatorio (LSMO)? En el Art. 108 la LSMO establece que: “será aceptada la excepción de conciencia previa justificación, la misma que será calificada por el Director de Movilización de las Fuerzas Armadas. Quienes resulten favorecidos con este acto deberán cumplir su servicio, en las unidades de desarrollo de las Fuerzas Armadas”.
He aquí los primeros obstáculos legales para que la objeción de conciencia -derecho garantizado constitucionalmente- tuviera un efectivo ejercicio:
1) El objetor de conciencia estaba sometido a la justificación y calificación previa por parte del Director de Movilización de las FF.AA., es decir que, la misma autoridad responsable de hacer cumplir el servicio militar obligatorio y sancionar a los remisos, era la facultada para calificar o desvirtuar discrecionalmente si las motivaciones de la objeción de conciencia eran válidas o no, convirtiéndose en juez y parte interesada; lo que en efecto, contraría el debido proceso, el derecho a la defensa y una tutela efectiva e imparcial de los derechos e intereses de quien invocaba esta objeción.
2) Quienes resultaban “favorecidos” debían cumplir su servicio en unidades de desarrollo de las FF.AA. Recibían la orden de acuartelamiento para una de aquellas unidades y de no presentarse a la unidad designada se lo consideraba remiso y se aplicaban las sanciones establecidas en la ley (sobre las cuales ya comentaré más tarde).
La Ley que pretendía dar una alternativa de servicio al objetor de conciencia, en realidad lo que hacía era sancionarlo pues le imponía la obligación de realizar un servicio civil pero al mando y control de la institución de la que se está objetando; además, colocaba al objetor en una situación de riesgos de daños físicos y morales, pues es de suponer que a algunos de los militares a los que debía servir no les resultaba grato este ciudadano se negó a someterse al servicio militar como era “su deber patrio”.
Resulta un poco más fácil (digo, para los militares) asimilar que se puede alegar objeción de conciencia por razones religiosas; pero sí creo que les resulte intolerable aceptar como objeción de conciencia la oposición a pertenecer o someterse a regímenes cuya naturaleza expone a las personas a órdenes constantes, disciplina férrea, arbitrariedades y castigos permanentes; y, respetar la convicción de quienes están en contra del servicio militar obligatorio porque fomenta la mal llamada disciplinización, que conduce al ser humano a ser dependiente de una fuente externa que imparte órdenes de superiores, sin permitir la reflexión y autonomía. ¿Quisiera saber cuántas veces el Director de Movilización de la FF.AA. aceptó estos argumentos como válidos para excepcionar a alguien al cumplimiento del servicio militar obligatorio?
Entonces, si no se aceptaba cumplir con el servicio militar obligatorio, o cumplir actividades civiles dentro de una unidad de las FF.AA. era considerado como remiso (flojo, dejado o detenido en la resolución o determinación de una cosa. RAE) y se le aplicaban las sanciones establecidas en el Art. 88 de LSMO, disposición plagada de inconstitucionalidades pues, inhabilita para desempañar cargos públicos o privados, celebrar contratos con entidades públicas o privadas (viola el derecho al trabajo y a la libre contratación); matricularse, continuar los estudios o graduarse en cualquier establecimiento de educación (viola el derecho al estudio); obtener autorización para ausentarse del país, obtener credenciales para conducir vehículos (viola el derecho libertad de circulación); y obtener matrícula de marino o pescador artesanal (viola el derecho al trabajo). Sanciones que no dan derecho a la defensa y que no guardan proporcionalidad con la supuesta infracción cometida.
El Tribunal Constitucional, al analizar la demanda de inconstitucionalidad planteada en contra de las disposiciones aquí comentadas, ha considerado que si bien la objeción de conciencia puede estar en contraposición con la obligación jurídica de la prestación del servicio militar, la primera está envestida de un mayor valor jurídico; por tanto, el deber de defensa a la patria no puede contraponerse con el derecho a la libertad individual, sea de conciencia o pensamiento.
El TC consideró que el deber de defensa exige una percepción más objetiva y legítima, que no reduzca la defensa de la patria al servicio militar. Que la objeción de conciencia constitucionalmente reconocida como alternativa frente al servicio militar obligatorio, no equivale a exención del servicio militar obligatorio, sino que significa el destino a servicios auxiliares en defensa de la población civil, siendo una figura que se relaciona con importantes instituciones del Derecho como la democracia, la libertad y los derechos fundamentales de las personas. Que los estados están obligados a respetar el derecho de las personas a actuar según sus imperativos éticos, aún cuando estos vayan en contra de una obligación preestablecida por el Estado y siempre que esta objeción u oposición se fundamente en motivos de conciencia, o en convicciones individuales.
Por lo anotado, el TC constitucional con cinco votos a favor y cuatro votos salvados (lo que da cuenta de que no fue una decisión fácil) resolvió la inconstitucionalidad de los Art. 88 y 108 de la LSMO; lo que quiere decir que, cuando se argumente objeción de conciencia por cualquiera de las razones anotadas en el segundo párrafo, los objetores tienen derecho como alternativa al servicio militar a realizar servicio civil a la comunidad. Otra de las consecuencias de esta resolución es que desaparece la sanción para aquellos “remisos” que no cumplieron con presentarse al servicio militar, y en consecuencia la obligatoriedad del servicio militar establecido en la Constitución va a dejar de tener efectos en la práctica.
Esta resolución del TC podría servir como un importante antecedente para que la Asamblea Nacional Constituyente elimine de la Constitución la obligatoriedad de servicio militar. Ojalá que algunos de los futuros Asambleísta se informen sobre este tema.

Jueves, 28 de Junio de 2007 a las 13:30.
Querida Monica, te felicito por la iniciativa de expresarte y recibir comentarios relativos a temas de intereses superiores, ya que hoy los intereses estriban en temas superficiales e intracendentes.
Yo pienso que la obligatoriedad al servicio militar es necesario en un país que tiene dos amenazas por sus fronteras sur y norte, en esta última no de la guerrilla sino de parte del ejercito regular de Colombia, lo que se calla inutilmente por parrte de nuestro gobierno. más aun por la falta de educación de los ciudadanos como consecuencia de la miseria y el abandono estatal que ha incrementado la deuda social.
Jueves, 28 de Junio de 2007 a las 13:30.
A: Carlos h. Chiriboga
Estimado amigo gracias por tus felicitaciones, sabes perfectamente que hay un montón de temas dentro del ámbito jurídico y político que me mueven y esta es una vía para expresarme.
Discrepo contigo en cuanto a la necesidad de la obligatoriedad del servicio militar fundamentalmente por dos razones:
1) Creo en el derecho a la libertad de conciencia como un requisito indispensable para ser considerados y respetados como individuos y no como “masa”. Con esa premisa pienso que si un joven conceptualmente está en contra de la guerra y de capacitarse con conocimientos bélicos, su espíritu, conciencia pacifistas y su filosofía contraria a los sistemas castrenses deben ser respetados. No digo que no se deba servir al país pero sin duda concuerdo con lo expresado por el TC sobre la necesidad de tener una visión más amplia de ese servicio que no puede reducirse a “lo militar”.
2) Por otra parte, tampoco creo en la necesidad de aquella obligatoriedad por las supuestas “dos amenazas por sus fronteras sur y norte” que vive el Ecuador. Una de las grandes ventajas de la firma de la paz con el Perú (1998) ha sido precisamente terminar con ese fantasma de la guerra. En los últimos 8 años el comercio entre Ecuador y Perú se ha quintuplicado, y hablo del formal no del contrabando (información publicada en http://www.presidencia.gov.ec/noticias y sin duda hay mucho por hacer todavía en la zona fronteriza para mejorar la calidad de vida de los que allí habitan, pero no creo necesario que una de las cosas por hacer sea capacitar a jóvenes para una posible guerra, sino para una mejor integración social y comercial.
Respecto a la frontera norte, no hemos tenido problemas bélicos por lo menos en las últimas décadas con Colombia. El conflicto bélico Colombiano, si bien nos afecta, no es nuestro. La presencia del Ejército sin duda es necesaria en la frontera norte, para eso será suficiente con el personal de las FF.AA., no con el personal civil OBLIGADO a tener una formación militar en contra de su voluntad. Es necesario que la zona norte tenga fronteras vivas, más presencia de la policía y tal ves aumentar el control en migración para evitar el internamiento en el país -temporal o no- de fuerzas irregulares o del ejército colombiano; pero eso no lo puedes hacer con jóvenes de 18 años que crean en la paz y que estén en contra de acciones militares.
Voluntariamente habrá quienes se sigan acuartelando en las FF.AA. porque crean que esa es la formación que quieren recibir, pero lo importante es respetar la voluntad individual y el Estado debe dar las alternativas para que eso suceda.
Jueves, 28 de Junio de 2007 a las 13:30.
Estoy de acuerdo con todos los argumentos que mvaca ha mencionado en su respuesta a cchiriboga. Además se me ocurre que esto del Servicio Militar debería variar totalmente en su naturalez. Es decir, no estar necesariamente restringido a actividades militares. Y por eso mismo, por poder realizar este servicio a la comunidad a través de actividades civiles que ayuden a la gente, deberíamos estar sujetos a él todos los ciudadanos, no solamnte los hombres, sino también las mujeres.
Jueves, 28 de Junio de 2007 a las 13:30.
A Silvia Buendía:
Coincido contigo cuando dices que el servicio a la comunidad es una obligación a la cual deberíamos estar sujetos todos y todas. Cuando revisé el tema del servicio civil obligatorio me topé con otra incongruencia en la LSMO, pues la Constitución en el Art. 188 establece que la obligación de servicio militar o civil (este último para el caso de objeción de conciencia) debe ser cumplida por “el ciudadano”; y como la Constitución no puede ser discriminatoria, debo entender que este concepto implica también a las mujeres. Pues bien, en contraposición de lo establecido en la constitución está la LSMO que estable la obligación para los varones y en el caso de las mujeres este servicio es facultativo (Art. 7 LSMO).
Siendo así la redacción de la esta Ley (discriminatoria), hasta el día de hoy nunca he escuchado a algún movimiento feminista luchar por la abolición de esta norma sexista. Seguramente los reclamos sólo se realizan en defensa de la igualdad de los derechos de género y no de los deberes. Creo que la próxima constituyente debería abolir el Servicio Militar Obligatorio y crear un sistema más imaginativo y amplio dentro del cual los ciudadanos de ambos sexos podamos brindar nuestro contingente servicio como una contribución para el país.
Jueves, 28 de Junio de 2007 a las 13:30.
hola mónica:
que bien tu blog, me parfece un excelente aporte para el avance de nuestro paìs, buen otu que estás en esto, porque no investigas y escribes acerca de las actuaciones policiales en materia de tránsito? tu sabes que para mi es muy dificil esto, pero tu tienes más libertad para hacerlo.
Un abrazo
enrique
Jueves, 28 de Junio de 2007 a las 13:30.
Enrique:
Primero un fraterno saludo a la distancia. Me comprometo en investigar sobre el tema que propones; sin embargo, considero que eres la persona más apropiada para hacerlo, por lo que te invito a escribir sobre las actuaciones policiales y también de los conductores en materia de tránsito. Creo que con tu experiencia puedes proporcionar importantes ideas para reformas legales esenciales en esa materia.
En tal caso, si quieres propón un tema concreto y yo te sigo en un próximo artículo, e invitamos a los demás lectores a opinar. Ah! Y por cierto, ¡habrá incluso que revisar el código canónico, con eso de que ahora manejar mal es un pecado por orden del Vaticano!. ¡Ni modo!
Jueves, 28 de Junio de 2007 a las 13:30.
En hora buena mi querida Mónica! escribir es un excelente ejercicio cuando la intelectualidad es pan cotidiano y verbo constante de un profesional de tus quilates.
En relación al tema, considero que hay enfoques más profundos para considerar o no la Obligatoriedad del Servicio Militar; por ponerte un ejemplo desde mi propia carne. Cuando YO era pequeño…. me ponías el himno a Paquisha…el discurso final de Jaime Roldós “Ecuador amazónico, desde siempre y hasta siempre” y créeme me importaba poco morir con tal de que mi Patria exista!! Pero con la firma del tratado de Paz, mientras el más traidor de los traidores, Jamil Mahuad, firmaba y el General Gallardo tenía los ojos nublados por la impotencia, comprendí que la sangre derramada en el Cenepa importó poco a quienes suponían que con el tratado de Paz, tendríamos eso… PAZ y paz sin Justicia, no existe, y sin dignidad menos. Qué caso tendría prepararnos para ganar una guerra, como así lo fue, si un traidor en nombre de la Paz, vendería nuestra dignidad, HASTA allí llegó mi pobre concepto de adherencia a las causas militares no tiene caso morir si al final pierdes el objetivo.
HOY pasa exactamente igual, hasta cuando se violentan los derechos de nuestros compatriotas campesinos en la frontera? Cómo un pueblo prentende reafirmar su soberanía sin tomar decisiones “dignas” que garanticen respeto a nuestros derechos? Mucha diplomacia sin resultados, porque más de uno tiene miedo de ponerle los cascabeles al gato! En realidad el “problema colombiano” es más un problema norteamericano que de Colombia.
En fin en mi modesta opinión me encanta que una ley que se “percibe” injusta salga de circulación o sea reformada según sea el caso, LO QUE NO COMPARTO, es el enfoque con el cual se lo ha hecho, porque para LOGRAR el mayor respeto de los derechos de un INDIVIDUO, SI se depende muchísimo, muchísimo de que la “sociedad de individuos” sea altamente educada y culta, intelectiva, capaz de razonar más que de actuar por actuar, Lo que no ocurre en nuestra sociedad. PRIMERO la educación para llegar a ese nivel, no el derecho por sí mismo, sino el derecho para la causa misma. Para que haya un triunfo de la conciencia indivivual sobre lo colectivo, primero deben generarse las condiciones de esa conciencia.
Y finalmente, en mi modesta opinión geopolítica del asunto, el fantasma de una guerra entre “hermanos colombianos y ecuatorianos, o entre hermanos peruanos y ecuatorianos” Mi querida Mónica, seguirá existiendo mientras hayan intereses extranjeros a nuestros intereses Patrios y Latinoamericanos.
Casos se podrían nombrar, solo por referencia, que tal si nos habríamos enfrascado en el tema de la “bisectriz marítima” que estaban planteando algunos sectores en el Perú por la cuestión de soberanía marítima, a esta hora tendríamos quizás una guerra diplomática por el tema, menos mal las voluntades de cooperación de ambos países primaron sobre el tema (reunión de Tumbez), sino, otra fuera la historia. Este fantasma se diluirá cuando tengamos un mercado común que sea lo suficientemente atractivo para no tener que “brincar” bajo los “ATPDA” por colocar más atún que el Perú ni los “resfriados” en las cuotas bananeras en Europa, Por ello, mientras esto exista y no haya voluntad política en la región para la Unificación, es necesario prepararse para “dirsuadir” a cualquier enemigo, o por la razón…. o por la fuerza.
Raúl.
Jueves, 28 de Junio de 2007 a las 13:30.
Respuesta a Raúl:
Hay algunas ideas y conceptos que has dejado en tu post sobre las cuales tendríamos que discutir largamente (ya habrá la oportunidad para ello), pero ahora me quiero referir a la siguiente idea:
Es natural y creo que todos los de nuestra generación vivimos el sentimiento de patriotismo en la época de Paquisha, ¡hasta yo quería ir a la guerra!. Éramos niños, no teníamos un conocimiento cabal de lo que pasaba y nos entusiasmaba una canción, un discurso y estábamos sujetos al “lavado de cerebro” en la escuela, los medios de comunicación, etc. Recuerdo que hasta dejé de ver al “Tío Jhonny” por Peruano (vaya, que pecado tan grande cometió ese pobre hombre!). En fin, me desvié un poco. Pero otra cosa es que jóvenes con un poco más de criterios y derechos, que pueden hasta decidir los destinos de país a través de su derecho a sufragar, no se les reconozca el derecho a oponerse a participar de una formación militar.
Siguiendo la misma idea y en base a tu comentario, eso querría decir que mientras un individuo no demuestre que ha recibido una educación de calidad, que es culto, inteligente y racional, no tiene derecho a pensar por sí mismo, no tiene derecho a autodeterminarse y tomar sus propias decisiones; si fuese así tampoco tendría derecho a sufragar, ni elegir a sus representantes. ¿Quién decidiría aquello?, o como dirían algunos en la serranía, a esta gente inculta “hay que darles pensando y decidiendo” porque ellos no pueden por si mismos. Creo que esta idea es clasista, discriminatoria y prejuiciada. No la comparto.
Mi intención no ha sido proponer la eliminación de las FF.AA. (considero que sería bueno, pero que no estamos en el tiempo adecuado aún); sino celebrar una resolución del TC que considero acertada pues a través de ella se está dando una efectiva garantía al objetor de conciencia. Con esta medida no se disminuirá el número de efectivos en las FF.AA pues, muchos jóvenes -especialmente de escasos recursos, pero no solamente ellos- seguirán buscando en aquella institución una fuente de formación, empleo y de carrera profesional. Por su parte a las FF.AA le corresponderá estimular a los jóvenes para que entren a sus filas y no obligando a aquellos que no lo deseen. Recomiendo la lectura del artículo publicado el 1/jul/2007 en El Comercio “ejército de hombres libres” .
Saludos.
Jueves, 28 de Junio de 2007 a las 13:30.
Un saludo cordial mi abogada favorita, como siempre se lo he dicho. La felicito por su inicativa de abrir un foro democrático para tratar varios temas que de alguna forma afectan directa o indirectamente a todos los ecuatorianos, pero que en realidad, pocas veces son analizados a fondo para saber su real incidencia dentro del desarrollo de una sociedad tan venida a menos.
Por mi edad, puedo hablar sobre el tema de la obligatoriedad para el servicio militar como una experiencia reciente. Cuando me tocó sacar mi cédula militar (documento que con ironía se vuelve indispensable para un sinnúmero de trámites, cual récord policial), noté varias cosas que me dislumbraron lo cierto de este procedimiento:
1) La imposición: El cumplir por cumplir y ya. A breves rasgos, muchos jóvenes acuden a estos llamados obligados a recibir un papel y que los “libre” de este proceso. Muchachos universitarios, trabajadores, que al momento de ser “favorecidos” en el sorteo, inician un vía crucir que durará varios días hasta obtener el permiso correspondiente.
2) La desorganización: Lamentablemente, el desarrollo del proceso para obtener la cédula militar se ha convertido en los últimos años un camino tortuoso y estrecho. Peor que en los tiempos buenos del Registro Civil, uno tiene que pasar toda una mañana, y tarde en ocasiones, hasta que el bendito trámite termina y obtener su pasaporte a la libertad.
3) La necesidad: Pero hay el otro lado de la moneda. Los jóvenes que ven en este llamado a acuartelamiento una opoetunidad para salir de la pobreza al enlistarse en el ejército, institución que ofrece una carrera segura y remunerada de manera decente.
En ese punto es importante hacer distinciones. La resolución del TC es un paso trascedental para la libertad de conciencia y de opción, algo que poco a poco, en el proceso de reclutamiento va cayendo a segundo plao. ¿la razón?, la necesidad de trabajo. Es verdad, en los últimos años ir al servicio militar funciona más como una agencia de empleos que un servicio a la patria. Son miles los jóvenes interesados en iniciar una carrera militar y mejorar sus condiciones de vida en un sistema mercantilista en el cual si no posees, no eres…
En ese sentido, bien vale una revisión constitucional de la obligatoriedad de este servicio, que para mí ya se vuelve innecesario. Los chicos que van para allá ya saben a que van, y con la esperanza de tener un mejor estilo de vida, como se lo exije el sistema capitalista en que vivimos.
Mas importante sería a mi criterio, una revisión gradual y completa de los objetivos, funciones y acciones de las Fuerzas Armadas, instituciones que ademas de estar preparadas para la guerra, deberían tener una participación más activa en el rol social, formando hombres, no soldados.
La democratización de los organismos bélicos es una consigna primordial de la próxima Asamblea Constituyente.
Saludos
Ángel
Jueves, 28 de Junio de 2007 a las 13:30.
A Ángel:
Muchas gracias por tus comentarios y por compartir el vía crucis del trámite que los jóvenes han tenido que pasar para obtener la cédula militar (documento que debiera desaparecer).
Con respecto a que la FF.AA. son buscada por los jóvenes como una oportunidad de empleo y no de servicio a la patria, en realidad no lo veo de todo mal. Me explico: Todo servicio debe ser remunerado, la filantropía debe ser voluntaria y no impuesta; por tanto, si alguien ve una oportunidad de empleo o de carrera en las FF.AA. está bien por ellos. No obstante de que el Estado debe generar más fuentes de empleo para que las nuevas generaciones se puedan incorporar a la fuerza laboral. Por otra parte, aquello de que las FF.AA. deberían “formar hombres no soldados” no lo comparto; yo diría que el papel de las FF.AA. es formar “soldados-ciudadanos”. Finalmente coincido contigo en la necesidad de redefinir el rol que cumple aquella institución, que a más de la seguridad del estado también debe estar al servicio de los ciudadanos y distante de actividades empresariales.
Saludos.
Jueves, 28 de Junio de 2007 a las 13:30.
Que tal Monica me parece interesante el texto, muchos de los argumentos son los que por años el movimiento de objeción de conciencia en el país ha venido pocisionándolos. quizás es importante visibilizar dentro de estos triunfos jurídicos al movimiento social que estaba empujándolos, en 98 se logro incorporar el derechos en la constitución siendo un avance super grande, años después se presento una propuesta en el congreso la cual no pudo darse por la coyuntura que vivía el país y el lobbie que los militares hicieron (se aprobo en primer debate y no pudo discutirse en segundo). Creo que aproximadamente dos años o año y medio que estamos junto a los compañeros abogados de la USFQ trabajando en la demanda que el 27 de junio fue publicada.
Es necesario que se vea a la objeción de conciencia no solo como abstención al servicio militar sino como una propuesta de paz, de resolución de conflictos de manera alternativa y sobre todo vernos como iguales donde no sean los pobres los que defiendan el país que no es de ellos, como decimos no solo hay que discutir si el servicio militar es obligatorio o no sino los “valores” que hay se imparten: obediencia ciega, autoritarismo y demás.
Es por ello indispensable que veamos a la Objeción de Conciencia como una propuesta de lucha y resistencia no violenta.
Jueves, 28 de Junio de 2007 a las 13:30.
A Gualdemar:
Gracias por la información que nos das respecto al largo proceso que tuvo que realizar el Movimiento de Objeción de Conciencia, para que ahora los ecuatorianos gocemos efectivamente de este derecho constitucional que se veía soslayado por normas secundarias.
También creo que es justo reconocer a los actores de este logro entre los que tú has sido una parte importante, y de acuerdo a la demanda de inconstitucionalidad presentada ante el TC son: Carolina Albornoz, Sergio Mera, PhD Carlos Montúfar, doctor Farith Simón, Dr. Alejandro Ponce Villacís y Gualdemar Jiménez (representante de la Organización Servicio de Paz y Justicia, SERPAJ.
Saludos,
Jueves, 28 de Junio de 2007 a las 13:30.
Parece que Ecuador camina hacia al cambio lo que no se a que velocidad o si se parara, espero que sea aunque lento pero que no pare , hasta que los cambios para bien, en la sociedad ecuatoriana sean lo cotidiano;Esto del servicio militar ya se le estaba pasando la hora pero lo que sorprende es que existieron cuatro votos opositores lo que demuestra que en nuestro pais existen fuerzas retrogradas, que nos quieren seguir manipulando como a niños de jardin. Esto ya se va extinguir porque existe gente mas preparada y pensante y recordar que falta formar a los jovenes con una actitud mas critica ya que de ellos es el mañana.