Ciudad de Alfaro, Montecristi, 10 de junio de 2008.
Economista
Alberto Acosta Espinosa
Presidente de la Asamblea Constituyente
Presente.-
Señor Presidente:
Preocupado por la cantidad de denuncias sobre las diferentes formas en las que los empleadores, públicos y privados, están violentando y vulnerando el Mandato No 8, me dirijo a Usted, para solicitarle que de manera oficial la Asamblea Constituyente, pida al Ministerio del Trabajo que tome acciones contundentes, claras y efectivas para que se cumpla esta importante decisión de la Asamblea, largamente esperada por el pueblo ecuatoriano.
He recibido varias quejas y denuncias de los trabajadores, en algunos casos, sobre el incumplimiento del mandato y en otros, respecto a la mala aplicación del mismo. Esto pone en cuestión la efectividad y también la imagen de la Asamblea Nacional Constituyente y del Gobierno Nacional, responsable de la adecuada ejecución del Mandato, que, en lo fundamental, se orienta a construir relaciones laborales dignas que empiecen a hacer realidad el buen vivir de los ecuatorianos.
A efectos de conocer de cerca la problemática de los trabajadores que tuvieron la confianza de expresarla, decidí realizar en la ciudad de Quito, el día jueves 29 de mayo del presente año, una reunión de carácter informativa y de coordinación de acciones con un grupo de 120 trabajadores de varias empresas usuarias que se sienten perjudicados por el incumplimiento del Mandato: REPSOL, ALCATEL, PETROPRODUCCION, PETROCOMERCIAL, MOVISTAR, ANDINATEL, ALEGRO (Telecsa), INNFA, entre otras.
Cabe destacar señor Presidente que de la reunión realizada pude escuchar sobre la existencia de varios problemas de precariedad laboral que aún subsisten en el país. Algunos de ellos, tienen que ver con la aplicabilidad del Mandato 8 y otros, son colaterales al tema tratado. Sin embargo, por la gravedad de los casos, considero que es importante evaluar y buscar una salida adecuada y oportuna a los conflictos laborales de los trabajadores en general.
Expongo a usted señor Presidente, varios de los casos en los que posiblemente se estaría incumpliendo los términos del mandato y otros conflictos laborales que, aunque no guardan relación con el mandato, tienen que ver con la precariedad laboral que perseguimos eliminar en el país, a fin de que se sirva exhortar al Ministerio del Trabajo y otras autoridades involucrados para que apliquen el mandato en los términos que la Asamblea Constituyente aprobó:
Los casos que presentaron los trabajadores en la reunión de Quito son los siguientes:
-880 trabajadores que laboraban para ANDINATEL a través de las empresas intermediarias Manpower - Tratesa fueron incorporados a dicha empresa con denominaciones distintas al cargo que desempeñaban en la empresa intermediaria y remuneraciones menores de las que perciben los trabajadores que realizan la misma actividad. Además, en el nuevo contrato que firmaron los trabajadores con ANDINATEL consta una clausula que establece que la estabilidad laboral está en función de la evaluación trimestral sobre el desempeño de cada trabajador.
-300 trabajadores que laboraban para Petrocomercial a través de la empresa intermediaria Unidelta fueron incorporados a la nómina de la empresa estatal con los mismas remuneraciones que percibían en la empresa intermediaria, situación que debe ser revisada, si consideramos que las empresas intermediarias cobraban la comisión de la nómina de los trabajadores.
-9 profesionales politécnicos en la especialidad de telecomunicaciones que laboran en la unidad de sistemas de PETROCOMERCIAL, mediante contrato de plazo fijo de dos años con el Cuerpo de Ingenieros del Ejército denuncian que están siendo perjudicados en las remuneraciones que perciben, puesto que el Cuerpo de Ingenieros cancela a los técnicos contratados, solamente el 40% de la remuneración que cobra a Petrocomercial por cada trabajador, que es USD 1.150.
-40 trabajadores que laboran para MOVISTAR a través de la empresa SONDA DEL ECUADOR que prestan sus servicios a los clientes de Movistar en su línea directa de negocio: datos fijos y móviles e internet, a través de un contrato de outsoursing y que manifiestan que aún no han sido incorporados a la empresa de telefonía celular Movistar.
-25 profesionales de ingeniería que prestan los servicios a TELECSA (Alegro PCS), a través de la empresa intermediaria SONDA (contrato de outsourcing) no han sido incorporados a la nómina de Alegro.
-57 trabajadores que laboran para REPSOL YPF, a través de la empresa intermediaria Medanito del Ecuador, aún no han sido incorporados a la nómina de la empresa, a pesar de que el Ministerio de Trabajo y Empleo determinó que por tratarse de una intermediación laboral, los trabajadores deben ser incorporados a la nómina de la empresa petrolera.
-85 trabajadores que laboraban para la Gerencia de Oleoducto - Petroecuador, a través de la empresa intermediaria EMTRATEM fueron despedidos intempestivamente por la empresa usuaria. Los trabajadores argumentan que el contrato mercantil celebrado entre la empresa intermediaria y Petroecuador terminó el 1 de junio de 2007 sin que se les haya notificado ni tampoco liquidado de acuerdo a Ley, por lo que continuaron laborando de manera directa para Petrocomercial hasta el 16 de junio del 2007.
-476 empleados que laboran alrededor de 12 años en el INNFA, han mantenido diferentes modalidades de contratación. Desde el año 1997 hasta 1998 firmaron un contrato a plazo fijo; desde el año 1998 hasta 2002 pasaron a la modalidad tercerizados; desde el año 2002 hasta el 30 de Abril del 2008 firmaron un contrato por horas; y, a partir del 1 de Mayo del 2008 firmaron un contrato a plazo fijo; por lo que solicitan que se les reconozca la estabilidad laboral, puesto que a partir del 1 de enero del 2009 el INNFA termina su vida jurídica de carácter privado para convertirse en una institución de carácter público. De no ser así, al liquidar al personal que labora en la institución, se le reconocería únicamente los cuatro meses que les resta para terminar la relación laboral.
-358 trabajadores de ANDINATEL sostienen que fueron despedidos intempestivamente de sus puestos de trabajo el 4 de junio del 2002, con irrisorias liquidaciones, violando derechos laborales irrenunciables de sus trabajadores protegidos en la Constitución de la República, el Código del Trabajo y Contrato Colectivo vigente. Cabe destacar que los trabajadores en el momento del despido se encontraban declarados en sesión permanente por haber presentado el pliego de peticiones según lo ordena el Código del Trabajo ante la autoridad del Ministerio correspondiente, por lo que no cabía legalmente ninguna acción de despido que interrumpa dicho proceso. De esta manera ANDINATEL no cumplió con el procedimiento contractual establecido en el Contrato Colectivo que regula la estabilidad laboral. Además el acta transaccional firmada el 6 de junio del 2002 no contó con la autorización de los 358 trabajadores despedidos intempestivamente.
El atropello a los trabajadores se acentúa puesto que la empresa ANDINATEL de manera expresa prohíbe el derecho al trabajo de los trabajadores despedidos de manera intempestiva.
-28 trabajadores de la Empresa Eléctrica Regional del Sur de Loja que venían laborando bajo la modalidad de contrato por horas a plazo indefinido desde el 15 de mayo del 2006 fueron notificados de la terminación del contrato el día lunes 24 de mayo del 2008, sin embargo, por extemporaneidad de la notificación, los trabajadores continuaron laborando hasta la presente fecha, e incluso fueron remunerados en el mes de mayo con una remuneración inferior a la que venían percibiendo en el contrato por horas. Cabe destacar que los trabajadores laboran alrededor de 60 horas semanales en turnos de 12 horas. Por otro lado, el día miércoles 4 de junio del presente los trabajadores en referencia fueron convocados verbalmente por parte de la empresa a legalizar un contrato eventual de servicios por el plazo de 180 días, luego de la cual terminará la relación laboral.
-149 trabajadores del IESS fueron despedidos en el tiempo de la ex- Comisión Interventora en el periodo 2000-2002, aprovechándose de la ilegal resolución 879 que dispuso el cambio de relación laboral del código de trabajo a la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa, indemnizándolos como servidores públicos, lo que conllevó, a decir de los perjudicados, a una estafa laboral, además, en dicho proceso no se hizo ninguna acta de finiquito ante una autoridad del trabajo por la terminación de la relación laboral, ni se cumplió con el artículo 57 de la Ley para la Reforma de las Finanzas Públicas que debió cumplir el IESS ante el Ministerio de Trabajo.
-5.000 trabajadores pertenecientes a Petroproducción distrito amazónico se encuentran al momento cumpliendo servicios denominados integral por el directorio de la estatal petrolera, es decir por medio de un contrato mercantil de servicios petroleros básicos antes determinados como intermediación laboral. Los trabajadores señalan que su trabajo es permanente, continuo, indispensable y directamente vinculado con la producción petrolera, por lo que es necesario que se considere los correctivos correspondientes.
Los trabajadores que se encuentran en esta situación tiene de 15 a 30 años de servicio en su mayoría, lo que evidencia el claro y legítimo derecho a la estabilidad laboral.
-Ex-trabajadores intermediarios de HidroAgoyán manifiestan que han suscrito un contrato bilateral con la empresa, pero con la misma remuneración que percibían en la empresa intermediadora Mundasis.
Es crucial de que el Mandato que aprobamos para eliminar toda forma de precarización laboral y el reglamento promulgado por la Presidencia de la República para regular la aplicación del mismo vayan acompañados de acciones administrativas que permitan garantizar su aplicabilidad en todas las empresas e instituciones que hayan utilizado la figura de la intermediación y la tercerización laboral.
Más aún, cuando existe una clara estrategia política de las fuerzas que defienden el actual estado de cosas y que se oponen a la transformación del país, para que fracase el Mandato y así, afectar a la imagen de la Asamblea Constituyente, del Presidente de la República y consecuentemente aunar esfuerzos para oponerse a la aprobación de la nueva Constitución en las urnas. De mi parte comprometo mi accionar con el objeto de hacer el seguimiento de estos y otros casos, a fin de dar una clara señal a los ecuatorianos de que la Asamblea Constituyente está realmente comprometida con el proceso de transformación del país.
Atentamente,
Diego Borja Cornejo
Asambleísta por Pichincha
Movimiento Poder Ciudadano